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C
Hay 12 téminos en el glosario.
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Término Definición
Celular, LinajeRecibe este nombre el conjunto de células especializadas que proceden de una célula madre original, siendo estas las únicas que tienen la capacidad de auto-renovarse y de formar al menos una o varios tipos de células especializadas. Las células madre embrionarias pluripotentes pueden generar varios linajes celulares. Hasta hace muy poco tiempo se aceptaba que las células madre multipotentes adultas sólo podían producir un linaje celular. Hoy, estudios recientes de trabajos publicados muestran que muchas células multipotentes adultas son capaces de formar una más amplia variedad de tipos celulares, y que esta capacidad para generar diversos tejidos viene condicionada por el ambiente en que se encuentran y por los factores químicos que en un determinado ambiente dirigen su diferenciación. De estos hechos se saca la consecuencia de que las células madre adultas pueden ser útiles para el tratamiento de algunas enfermedades humanas.
Celular, PlasticidadAsí se llama la capacidad para generar células de diferentes tejidos. Se venía argumentando que las células madre adultas (frente a las células madre embrionarias) no pueden mantenerse en cultivo indefinidamente sin que pierdan su plasticidad. Estudios recientes han mostrado que células madre adultas, como las precursoras de oligodendrocitos, pueden crecerse indefinidamente en cultivo; sólo requieren estar condicionadas por el ambiente y por factores químicos favorables.
Células madre pluripotentes. Origen de lSon células con capacidad de generar cualquier tipo de células presentes en el cuerpo humano. Dada esta capacidad, muchos tratamientos para enfermedades graves de tejidos u órganos se podrían llevar a cabo. Las fuentes de donde se pueden obtener estas células son: -A partir de teratocarcinomas o carcinomas embrionarios. Este tipo de células madre son uno de los componentes principales de los tumores testiculares humanos. -A partir de embriones humanos. Derivan de la capa interna del embrión pre-implantatorio en su estado de blastocito. Para obtener estas células y cultivarlas en el laboratorio, el embrión necesariamente muere. -A partir de células germinales embrionarias. Derivadas de células germinales primordiales del embrión post-implantatorio. Se pueden obtener a partir de fetos abortados.
Células troncales embrionariasSon las células que constituyen el embrión en las primeras fases de su desarrollo embrionario, concretamente desde su estado de cigoto –estado unicelular- hasta el de blastocito –dentro de los primeros cuatro días de vida-. La fuente de estas células está en los embriones congelados de reproducción asistida. El uso de éstas células no es otro que el de poder investigar con ellas. Si se utilizaran para fines terapéuticos habría que generar embriones inmunológicamente compatibles con el paciente para evitar problemas de rechazo.
CigotoEl embrión unicelular formado por la fusión de un espermatozoide y un óvulo o bien por técnicas de clonación –transfer nuclear, también llamado embrión reconstruido-. Estadio comprendido entre la fusión de los pronúcleos y la primera segmentación celular completa. Es la célula menos especializada, de ella se obtendrán todos los tipos de células que constituyen el organismo.
ClonaciónFormación de uno o más organismos idénticos genéticamente, derivados por reproducción vegetativa de una sola célula. El material nuclear de origen puede ser derivado de embriones, de fetos o tomados de una célula somática de adultos. Clonar significa generar estructuras genéticamente idénticas. Según el fin al que se dirigía el proceso de clonación ha recibido dos denominaciones: “clonación reproductiva”, si el fin era producir un niño y “clonación terapéutica”, si el fin era obtener embriones clónicos que surtiesen de células madre para la investigación, y, en un eventual futuro para su transplante a enfermos. Estos términos de “clonación reproductiva” y de “clonación terapéutica” empezaron a ser no sólo imprecisos, sino erróneos, por lo que en el Consejo Presidencial de Bioética de los Estados Unidos en su informe sobre clonación humana de 2002 y después de vencer las resistencia entre los defensores de la vida del embrión y de los de la clonación para la investigación, empiezan a ser sustituidos por los de “clonación para producir niños” (CPN) y “clonación para la investigación médica” (CIB). Estos términos así como el de “embrión humano clónico” (EHC), que busca sustituir a los de embrión clónico, célula reprogramada, nuclóvulo, etc., describen con precisión la realidad a que se refieren y son éticamente neutros.
Clonación. Sentido Biológico La fecundación y la clonación son dos procesos análogos en la medida en la que si se llevan a cabo con éxito finalizarían con la constitución de una nueva célula, el cigoto o embrión unicelular, que inicia un nuevo ciclo vital. En ambos procesos el cigoto generado dispone de un genoma diploide, un genoma completo, con un concreto mensaje genético, que aporta a la célula, en cuyo interior se encuentra, lo que necesita para emitirse y que comienza a constituirse y desarrollarse como un nuevo individuo de la especie. Se puede considerar que con la materia aportada –gametos masculino y femenino o con una célula somática (diploide) y un óvulo enucleado– por los progenitores ha comenzado a vivir un nuevo ser. Un embrión clónico al igual que un embrión gamético no es otra cosa que un individuo humano. En la clonación no tiene lugar una fusión de gametos sino, más bien, una transferencia del material genético nuclear de una célula somática donante a otra, la célula germinal receptora (el óvulo enucleado). Este material genético ha de ser necesariamente inducido al estado en que se encuentra en la fecundación natural el núcleo proveniente de los gametos paternos, –programación–. Si durante la fecundación tiene lugar, de modo natural, la fusión del material genético procedente de los gametos materno y paterno, en el caso de la transferencia se induce artificialmente la fusión entre el óvulo y el núcleo diploide somático. Esta inducción artificial o manipulación que en la clonación es necesaria para generar una nueva entidad es lo que se requiere para dar una nueva vida. La clonación es como la fecundación, un verdadero proceso constituyente. Carece, pues, de fundamento científico la pretensión de negar la condición biológica de embrión a los cigotos.
Cóctel lítico (También llamado cacotanasAdministración de fármacos, generalmente por vía endovenosa, con el objetivo común de abolir la conciencia y acortar la vida, llevado a cabo de manera brusco y no gradual, generalmente sin participación del enfermo, a petición de la familia o por decisión del equipo terapéutico.(Declaración sobre la atención médica al final de la vida)
Comités Éticos de Investigación Clínica Están muy implantados en los Centros Sanitarios Hospitalarios, donde se llevan a cabo investigaciones. Más tarde se extienden a los Centros de Salud de Atención Primaria, con la finalidad de evaluar la calidad de los ensayos clínicos y proteger a los sujetos que participan en los mismos. Se necesita que el sujeto del ensayo conozca con anterioridad su finalidad y el protocolo de cómo se desarrollan para que libremente pueda dar su consentimiento a participar. Para ser incluido en el ensayo es imprescindible esta respuesta. Ningún ensayo clínico podrá ser realizado sin informe previo de un CEIC. Es necesario un documento de consentimiento informado en el que el paciente y el médico firmen su acuerdo con la información dada y recibida. El Comité ponderará los aspectos metodológicos, éticos y legales del protocolo propuesto, así como el balance de riesgos y beneficios anticipados dimanantes del ensayo. El CEIC evaluará: - La idoneidad del protocolo en relación con los objetivos del estudio. - La idoneidad del equipo investigador para el ensayo propuesto - La información escrita que se dará a los posibles sujetos de la investigación, o en su defecto a su representante legal, la forma en que dicha información será proporcionada y el tipo de consentimiento que va a obtenerse. - Comprobará la previsión de la compensación y tratamiento que se ofrecerá a los sujetos participantes en caso de lesión o muerte atribuibles al ensayo clínico y del seguro e indemnización para cubrir la responsabilidad. - Conocerá y evaluará el alcance de las compensaciones que se ofrecerán a los investigadores y los sujetos de la investigación por su participación. - Realizará el seguimiento del ensayo clínico desde el inicio hasta la recepción del informe final.
Comités de Ética Asistencial (CEA)Los CEA surgen con el objetivo de ayudar a resolver conflictos éticos que se pueden originar en el transcurso del trabajo de un equipo asistencial en la relación sanitaria entre el equipo y los pacientes o en la adecuación de actuación del equipo con los criterios de la autoridad competente. Se crean especialmente con un triple objetivo: - Potenciar el respeto a la autonomía del paciente, para su protección y para mejorar la calidad de su asistencia. - Para favorecer la información y el consentimiento que se ha de dar y obtener antes de cualquier intervención. - Para ayudar a los profesionales en la elaboración de protocolos de actuación en situaciones urgentes, conflictivas o de difícil pronóstico que les protejan ante posibles demandas judiciales y como estimulo en su formación y competencia. Los miembros que componen estos Comités deben serlo por decisión voluntaria y convienen que sean personas abiertas al diálogo, competentes profesionalmente, prudentes y con capacidad para trabajar con el grupo como iguales. En Europa, y concretamente en España, aunque se están incrementando, tienen poco desarrollo y poca protección hacia la labor asistencial hospitalaria.
Consentimiento informadoNo es un simple requisito legal o un trámite de la administración, si no que es un derecho humano. Se recoge en el Código de Nüremberg y se considera obligatorio en la Declaración de Helsinki. La legislación española también lo recoge. Es un acto por el que voluntaria, libre y consciente un paciente, una vez informado adecuadamente, da su conformidad, en el pleno uso de sus facultades, para que se pueda llevar a cabo una actuación que está relacionado con su salud. La información es siempre anterior al consentimiento del paciente y puede ser verbal o escrita. Siempre escrita en circunstancias especiales como: ante intervenciones quirúrgicas, procedimientos diagnósticos y quirúrgicos invasores y en aplicación de procedimientos que suponen riesgos o inconvenientes que repercuten negativamente en la salud del paciente. El consentimiento es revocable, en cualquier momento el paciente puede revocarlo libremente. El paciente puede renunciar a recibir información, si bien esta renuncia está limitada por el interés de la salud del propio paciente, de terceros, de la colectividad, y por exigencias terapéuticas del caso. El consentimiento, en circunstancias especiales, se puede otorgar por representación.
CorporeidadLa corporeidad es un elemento constitutivo de la definición integral de la persona humana. Se refiere a la realidad corpórea considerada como un sujeto espiritual corpóreo. Es una noción más amplia que el cuerpo, e indica la entera subjetividad humana, en cuanto es constitutiva de la identidad personal. El cuerpo de un hombre nos lleva a ver a un hombre y no sólo a un cuerpo. La corporeidad nos presenta de un solo golpe el cuerpo y el alma en una indisoluble unidad, formando una peculiar estructura: el hombre. El cuerpo nunca es sólo “materia viva”; es precisamente cuerpo humano, porque está informado por un alma racional.
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