Vega J, Queipo D, Martínez Baza P.
En las dos últimas décadas, algunos han puesto en duda que
el embrión humano, desde el primer momento de su concepción sea un individuo
de la especie humana, y de que se trate de una persona humana. ¿Cuándo
comienza la vida humana?, ¿en qué momento, en consecuencia, adquiere el
embrión humano su estatuto biológico, moral y legal?, son pues las cuestiones
que centran el debate ético en el inicio de la vida. Sobre estos temas se hacen
a continuación algunas consideraciones.
El preembrión o proembrión es el nombre dado por algunos
autores al embrión humano durante los primeros catorce días días tras la
fecundación.
Para algunos, habría que tener "cierto respeto"
hacia ese "conjunto de células envueltas en la zona pelúcida", pero
no se trataría de un ser humano ya que en los primeros catorce días es posible
la gemelación, las células son totipotenciales, no se ha formado la línea
primitiva, no se ha completado la nidación y son frecuentes los abortos
espontáneos; en todo caso, no sería aún una persona humana.
Los datos embriológicos permiten afirmar que desde la
fecundación existe un individuo de la especie humana; existen cuatro
características fundamentales que lo justifican:
1.- Novedad biológica.
Nace algo nuevo al fundirse los núcleos de las células
germinales; no se ha dado ni se dará una información genética exactamente
igual. Ahí está escrito el color de los ojos, la forma de la nariz, etc. Se
trata de un ser biológicamente único e irrepetible.
2.- Unidad.
Si se trata de una individualidad biológica, de un todo
compuesto de partes organizadas, tiene que haber un centro coordinador; es el genoma
el centro organizador que va haciendo que se den las sucesivas fases en esa
novedad biológica de forma armónica.
3.- Continuidad.
No existe ningún salto cualitativo desde la fecundación
hasta la muerte; no puede decirse que en un momento es una cosa y más adelante
otra diferente; todo el desarrollo está previsto en el genoma. Desde la
fecundación existe un individuo de la especie humana que se va desarrollando de
manera contínua.
4.- Autonomía.
Desde el punto de vista biológico, todo el desarrollo sucede
desde el principio hasta el final de manera autónoma. La información para
dirigir esos procesos viene del embrión mismo, de su genoma. Desde el inicio,
es el embrión quien pide a la madre lo que necesita, estableciéndose un
"diálogo químico".
Ya se han mencionado las objeciones a que el preembrión sea
un individuo de la especie humana; vamos a analizarlas brevemente a
continuación.
- La posibilidad de gemelación en las dos primeras semanas de vida; si el
preembrión se puede dividir en dos, entonces no es un individuo.
La afirmación de la última frase no es cierta; por ejemplo,
un rosal es un individuo biológico, pero se puede cortar y plantar una de sus
ramas y nace un nuevo rosal, una ameba es también un individuo biológico,
aunque pueda dividirse y dar lugar a otras amebas. Individuo no es igual a
indivisible; individuo es lo indiviso en sí y dividido de otras cosas. Un
individuo puede ser dividido, es divisible, como puede ocurrir con el
preembrión.
- La totipotencialidad de las células del preembrión. Si una de las
células puede dar lugar a otro individuo o incluso a la placenta, ¿cómo
el blastómero puede ser un individuo?.
En realidad esto refuerza el hecho de que es un individuo,
pues si siendo células totipotenciales acaban formando un todo, eso indica que
hay un centro organizador. Aunque cada célula podría dar lugar a cualquier
miembro, a la placenta, etc., el centro organizador va colocando a cada célula
a formar una cosa. La placenta además puede ser considerada como un miembro
temporal y necesario para el individuo que en un momento dado se pierde.
- La ausencia de la línea primitiva; hasta el día 14 no aparece el esbozo
del sistema nervioso central, que será el centro organizador del organismo,
por lo que algunos piensan que hasta entonces no se puede hablar de
individuo.
El verdadero centro organizador en las primeras semanas es el
genoma, presente desde el primer instante; más adelante será el SNC el
organizador.
- La frecuencia de abortos espontáneos en las dos primeras semanas de vida.
Este dato no dice nada en contra de que el preembrión sea un
individuo de la especie humana.
- Efectivamente, el preembrión o el embrión es un individuo de la especie
humana, pero no es una persona humana, dicen algunos.
Lo que merece respeto es todo ser humano, llamémosle o no
persona; es el hombre en cuanto hombre el que tiene unos derechos: se trata de
los derechos del ser humano. Persona humana es ese ser humano en cuanto es capaz
de interioridad (autoconciencia, autonomía, libertad), relacionalidad (activa o
pasiva), trascendencia... La persona tiene sentido en sí misma, es fin en sí
misma.
- Para algunos, persona es relacionalidad, por lo que, hasta que no se
produce una relación físico-química en la nidación, el embrión no es
persona.
Antes de la nidación, ya existe una relación del nuevo ser
con la madre a través de diversos factores y hormonas. De todas formas, un ser
humano se manifiesta como tal porque es persona; el actuar sigue al ser y no al
revés. Todo ser humano es persona aunque todavía no actúe como tal porque no
se han desarrollado sus capacidades, o porque las haya perdido.
Algunos intentan justificar el aborto sosteniendo que el
fruto de la concepción, al menos hasta un cierto número de días, no puede ser
todavía considerado una vida humana personal. En realidad, desde el momento en
que el óvulo es fecundado, se inaugura una nueva vida que no es la del padre ni
la de la madre, sino la de un nuevo ser humano que se desarrolla por sí mismo;
nunca llegará a ser humano si no lo ha sido desde entonces. A esta evidencia de
siempre, la genética moderna muestra que desde el primer instante se encuentra
fijado el programa de lo que será ese viviente: una persona, un individuo con
sus características ya bien determinadas. Con la fecundación se inicia la
aventura de una vida humana, cuyas principales capacidades requieren un tiempo
para desarrollarse y poder actuar. Las conclusiones de la ciencia sobre el
embrión humano ofrecen una indicación para discernir racionalmente una
presencia personal desde este primer surgir de la vida humana: ¿cómo un
individuo humano podría no ser una persona humana?.
Por lo demás, está en juego algo tan importante que, desde
el punto de vista de la obligación ética, bastaría la sola probabilidad de
encontrarse ante una persona para justificar la prohibición de cualquier
intervención destinada a eliminar un embrión humano. El ser humano debe ser
respetado y tratado como persona desde el instante de su concepción y, por eso,
a partir de ese mismo momento se le deben reconocer los derechos de la persona,
principalmente el derecho a la vida.