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Expertos chilenos: "Píldora del día después" puede ser abortiva y es inconstitucional PDF Print E-mail English
jueves, 17 junio 2004 Digg!Reddit!Del.icio.us!meneame!Slashdot!Technorati!StumbleUpon!Newsvine!Furl!Yahoo!Ma.gnolia!
La Comisión de Bioética de la Conferencia Episcopal de Chile presentó a la prensa un completo informe que confirma lo que decenas de grupos pro-vida sostienen: la “píldora del día después” sí puede causar un aborto. Los expertos señalan que la entidad gubernamental Food and Drug Administration (FDA) de Estados ... La Comisión de Bioética de la Conferencia Episcopal de Chile presentó a la prensa un completo informe que confirma lo que decenas de grupos pro-vida sostienen: la “píldora del día después” sí puede causar un aborto.

Los expertos señalan que la entidad gubernamental Food and Drug Administration (FDA) de Estados Unidos y los propios laboratorios que la producen reconocen que la píldora puede bloquear la implantación en el útero de un concebido.

Según la Comisión, el fármaco “viola principios contenidos en la Constitución Política de ese país” al atentar contra una vida humana.

El doctor Patricio Ventura-Juncá, miembro de la Comisión, explicó a la prensa que “la literatura científica publicada a la fecha reconoce tres posibles mecanismos de acción de la píldora del día después: inhibición de la ovulación, inhibición de la fertilización o impedimento de la implantación, lo que constituye un efecto abortivo”.

“A la fecha, no hay ninguna investigación que concluya que está descartado el efecto abortivo. Algunos investigadores consideran que este mecanismo puede ser muy importante, otros menos; pero nadie considera el tema dilucidado, por lo que se requiere seguir investigando”, agregó.

La Comisión señaló que hace un mes, la FDA reconoció oficialmente que el Levonorgestrel, nombre del fármaco en Chile y otros países de la región, “actúa como un contraceptivo de emergencia principalmente previniendo la ovulación o la fertilización (alterando el transporte en las trompas de Falopio de los espermios o el óvulo), y además puede impedir la implantación (alterando el endometrio)”.

Esta es la misma información que entregan a sus clientes los laboratorios que comercializan la píldora.

Los expertos citaron el caso del laboratorio Besisn-Iscovesco, que presentar el Levonorgestrel señalando que “podría bloquear la ovulación, impidiendo la fecundación, si la relación sexual tuvo lugar en las horas o días anteriores a la ovulación. Pero podría igualmente impedir la implantación”.

Ventura-Juncá explicó que el hecho de que se promueva la píldora aduciendo su “efectividad” después de la ovulación “es una prueba empírica importante para postular el efecto antiimplantatorio de este producto”.

Por su parte, la abogada Carmen Domínguez, también integrante de la Comisión de Bioética, explicó que existen todos los antecedentes para considerar al Levonorgestrel como inconstitucional por atentar contra el derecho a la vida.

El Padre Fernando Chomalí, miembro del grupo, hizo un llamado a que la población reciba cuando adquiera la píldora, un informe sobre su consecuencia abortiva
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