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Italia da un golpe de timón a la procreación asistida PDF Print E-mail English
Written by Francisco José Ramiro García
domingo, 28 marzo 2004
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Ha pasado un tanto desapercibida la aprobación en Italia el pasado 10 de febrero de una nueva Ley de Procreación asistida. La Cámara de Diputados italiana aprobó por 277 votos a favor  y 222 en contra,  la nueva ley que reformaba la anterior de 1975. A diferencia de lo que ...

Ha pasado un tanto desapercibida la aprobación en Italia el pasado 10 de febrero de una nueva Ley de Procreación asistida. La Cámara de Diputados italiana aprobó por 277 votos a favor  y 222 en contra,  la nueva ley que reformaba la anterior de 1975. A diferencia de lo que ocurrió en España hace tres meses, cuando los partidos tocaron a rebato para que sus diputados votaran en una dirección u otra, en el caso italiano un par de docenas de diputados de la coalición gubernamental han votado en contra y otros tantos de la oposición votaron a favor por motivos de conciencia.

La nueva ley pone coto al llamado far-west reproductivo en que habían proliferado desde  las mamás-abuelas, hasta los esperpénticos intentos de clonación por parte del doctor Antinori.

El problema es la esterilidad y la infecundidad. Una cosa es curar esta esterilidad y otra distinta acudir a técnicas de reproducción asistida para producir un hijo. El carácter no curativo de estas técnicas reproductivas viene subrayado por la afirmación de que su utilización no forma parte del derecho humano a la salud. Los sujetos continúan siendo estériles y la intervención se hace no en el campo del derecho del individuo o de la curación, sino para sostener a la pareja, y por tanto a dos sujetos, afectando después a los derechos de un tercer individuo.

Este planteamiento es importante porque de él se deducirán las medidas concretas que se van a aplicar.  De entrada se exige que se pongan  los medios terapéuticos para curar a los pacientes. Sólo después de  agotar este camino se puede acudir a las técnicas de fecundación in vitro. En el terreno práctico se dedican recursos  para la investigación en el campo de la fertilidad, que se había abandonado los últimos años.

Teniendo en cuenta los derechos y las necesidades sociales y psicológicas del niño, la nueva ley restringe la aplicación de estas técnicas a las parejas heterosexuales estables, casadas o no, en edad reproductiva. Quedan por tanto excluidas, en beneficio del niño, las madres demasiado ancianas o menores de edad, las mujeres sin pareja estable, o las parejas homosexuales.  Así mismo, la fecundación artificial se limita a espermatozoides y óvulos que proceden de la pareja, y se excluye cualquier compraventa o donación de gametos. Se prohíbe la utilización de úteros de alquiler.

Se consiente solamente la producción de los embriones estrictamente necesarios para un único implante y por un número no superior a tres.

Para proteger al embrión la ley establece sanciones penales para todo tipo de experimentación  con el embrión humano o su modificación genética. Sólo se consiente la investigación o el diagnóstico preimplantacional con el fin de favorecer al propio embrión. Queda prohibida la producción de embriones humanos para investigar o experimentar. También tiene fuertes penas la clonación sea de tipo reproductivo o para investigación terapéutica.

De forma temporal se modifica la ley anterior para permitir a las parejas estériles adoptar los embriones que ahora están congelados, y se prohíbe continuar con estas técnicas de crioconservación.

Por lo que se refiere al consentimiento que deben dar las parejas que se sometan a estas técnicas, se insiste en que el médico dará una información detallada sobre los problemas bioéticos que plantea, y sobre los posibles efectos colaterales para la salud física o psicológica resultantes de la aplicación de estas técnicas. También sobre las posibilidades de éxito y los riesgos que se corren tanto para la pareja como para el nascituro. Este consentimiento sólo es válido transcurrida una semana desde su manifestación para favorecer un posterior replanteamiento.

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