Adopción pre-natal: una altertativa legí­tima para los embriones congelados (Dra. Mónica López Barahona)

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INTRODUCCIí“N ·        Células troncales  1. Tipos de células troncales Las células troncales ó estaminales son las únicas que tienen la capacidad de autorrenovarse y de formar al menos una o, en muchas ocasiones, varios tipos de células especializadas. El conjunto de células especializadas que proceden de una célula troncal original se denomina linaje …

  

INTRODUCCIí“N

·        Células troncales 

1. Tipos de células troncales

Las células troncales ó estaminales son las únicas que tienen la capacidad de autorrenovarse y de formar al menos una o, en muchas ocasiones, varios tipos de células especializadas. El conjunto de células especializadas que proceden de una célula troncal original se denomina linaje celular. Cabe distinguir al menos cuatro tipos de células troncales:

a) Las células troncales unipotentes. Son células que sólo pueden producir un tipo celular, por ejemplo la espermatogonia que sólo genera un tipo de célula diferenciada: el espermatozoide.

b) Las células troncales multipotentes: Son células que pueden generar un sólo tipo de linaje celular. Por ejemplo las células troncales hematopoyéticas (o de la sangre) que producen sólo células de la estirpe hematopoyética (glóbulos rojos y todos los tipos de glóbulos blancos).

c) Las células troncales pluripotentes: Son células que pueden generar diferentes tipos de linajes celulares. Por ejemplo células troncales embrionarias, las células de carcinoma embrionario y células embrionarias germinales. De ellas se tratará más adelante.

 d) La célula troncal totipotente: Es aquélla célula troncal que puede generar todas las células del cuerpo, sólo existe una célula con esta capacidad, que es justamente el cigoto ó embrión unicelular.

        De los cuatro tipos de células troncales aquí­ descritos, son el segundo y el tercero los que pueden emplearse para obtener diferentes tejidos, y son, por tanto, los que tienen implicaciones en procesos de clonación [1]. Avances recientes en el entendimiento de la biologí­a básica de células troncales pluripotentes sugieren que éstas puedan ser tan útiles como se ha predicho.

La capacidad de células troncales pluripotentes para dar lugar a un amplio campo de células diferenciadas es la razón por la cual pueden ser tan eficaces para ser empleadas en determinadas terapias. En ausencia de factores que inhiben su diferenciación, la diferenciación de células troncales pluripotentes se ha dirigido manipulando su entorno mediante el método de prueba/error.  

2. Células troncales pluripotentes 

Dado que la células troncales pluripotentes tienen la capacidad de generar cualquier tipo celular presente en el cuerpo humano, muchos tratamientos para determinadas enfermedades que lo son como consecuencia de alteraciones graves en un determinado tejido u órgano podrí­an ser posibles. En teorí­a, neuronas y células de glí­a se podrí­an producir para tratar enfermedades neurogenerativas como la de Parkinson o la de Alzahimer, células musculares podrí­an producirse para tratar distrofias musculares y enfermedades cardiacas, células troncales hematopoyéticas podrí­an obtenerse para tratar leucemias y sida. Y la lista podrí­a continuar.

Las células troncales pluripotentes se pueden obtener a partir de tres fuentes.

 A partir de teratocarcinomas o carcinomas embrionarios: células de carcinoma embrionario (EC).

Los teratocarcinomas son tumores gonadales que contienen una amplia variedad de tisular que derivan de las tres capas celulares que forman un embrión (endodermo, mesodermo y ectodermo) [2], [3]. Estos tumores contienen una gran baterí­a de tejidos que incluye cartí­lago, epitelio, neuroectodermo primitivo, estructuras ganglionares, músculo, hueso y epitelio glandular.

Las células diferenciadas del tumor se forman a partir de células troncales pluripotentes de carcinoma embrionario que derivan a su vez de células primordiales germinales del embrión post-implantatario (que son los percusores embrionarios de los gametos) [4], [5].

Este tipo de células troncales (EC) son uno de los componentes principales de los tumores testiculares humanos. Las EC se han cultivado aislándolas de tumores [6], [7], [8]. Y se ha comprobado que a partir de ellas podrí­an obtenerse ciertos tipos de tejidos.

Quizás uno de los experimentos más espectaculares es el que se realizó en 1998 en EE.UU. Una lí­nea celular de un tumor testicular se trató en el laboratorio con ácido retinoico. Este factor permitió obtener a partir de las células del tumor células nerviosas que se implantaron en ratas logrando regenerar sus daños cerebrales. El experimento se repitió para tratar el infarto cerebral de una mujer de 62 años.

a)                  A partir de embriones humanos: células troncales embrionarias (ES).

Las células troncales embrionarias derivan de la capa interna celular del embrión pre-implantatorio en su estado de blastocisto [9], [10] .

A partir de ellas se obtienen todos los tipos de tejido que conforman el cuerpo humano. Se han cultivado células troncales embrionarias procedentes de blastocistos de ratón y de blastocistos humanos (entre otras especies). Las células así­ cultivadas parecen tener la capacidad de poder mantenerse en cultivo indefinidamente.

Para obtener estas células troncales embrionarias y cultivarlas en laboratorio con el fin de obtener diferentes tipos de tejido, el embrión necesariamente muere. Y aquí­ radica el problema ético de emplear éstas células troncales embrionarias como material biológico precursor de tejidos, pues en el proceso de obtención la muerte del embrión es inevitable.

b)                 A partir de células germinales embrionarias (EG).

Las EG derivan de células germinales primordiales del embrión post-implantatorio. Este tipo de células troncales pueden obtenerse a partir de tejidos de fetos abortados, tal y como hizo el grupo del Dr. Gearhart recientemente [11] .

Según lo descrito en la publicación del grupo del Dr. Gearhart las células EG en cultivo y en presencia de suero y ciertos factores, son morfológicamente indistinguibles de las células EC ó de las EG.

  1. Células troncales adultas

Cómo ya se ha indicado, las células troncales no son un tipo celular exclusivo de los embriones, sino que también se encuentran en algunos tejidos del cuerpo humano de un adulto. Son las denominadas células troncales multipotentes o células troncales adultas.

Entre ellas se encuentran las células troncales hematopoyéticas a partir de las que se obtienen todas las células sanguí­neas; o las células precursoras de neuronas y células de glia también denominadas neuroblastos, o las células troncales de la capa basal de la epidermis, capaces de generar las diferentes células epiteliales, etc.

La diferencia principal entre células troncales pluripotentes derivadas de embriones o las células troncales multipotentes derivadas de adulto es el número de linajes celulares que cada una pude producir. Hasta hace muy poco tiempo, se aceptaba la idea de que las células troncales multipotentes adultas sólo pueden producir un linaje celular, mientras que las pluripotentes embrionarias pueden generar varios linajes celulares. Estudios recientes muestran que muchas células multipotentes son capaces de formar una más amplia variedad de tipos celulares de los que hasta ahora se habí­a creí­do.

A modo de ejemplo, se pueden destacar algunos de los trabajos publicados en las más prestigiosas revistas cientí­ficas que ponen de manifiesto el que las células troncales adultas multipotentes, en las condiciones idóneas de cultivo pueden generar estirpes celulares distintas a las que en un principio cabrí­a esperar.

Tal es el caso del trabajo publicado por el grupo de Vescovi [12], en el que se describe cómo células troncales adultas nerviosas pueden transformarse en células sanguí­neas en ratón. La plasticidad o versatilidad que cabe atribuir a los neuroblastos a la luz del trabajo de Vescovi no es exclusivo de este tipo celular.

De hecho, encontramos trabajos similares en la literatura con células mesenquimales [13] que como se ha publicado en Science pueden ser precursoras de células diferenciadas de cerebro. Sobre la plasticidad de las células mesenquimales abunda el trabajo publicado también en Science [14] por investigadores de la empresa Osiris Therapeutics y la Universidad Johns Hopkins.

En Marzo de 2000 un grupo de investigación de Filadelfia publicó un artí­culo en el que se informaba de la enorme proliferación de células troncales de médula ósea que habí­a conseguido [15] . Con ello se daba un paso más hacia la aplicación clí­nica de este tipo de células troncales adultas

 Otro estudio con resultados semejantes fue el dirigido por la Dra. Ira Blank de la University of Medicine and Dentistry of New Jersey y Darwin Prockop de la Hahnemann University de Filadelfia [16].

En Junio de 2000 un estudio del Instituto Karolinska de Estocolmo publicó en Science cómo células troncales neuronales adultas de ratones son capaces de producir distintos órganos como corazón, músculos, hí­gado, pulmón e intestino [17] . Se demostraba así­ que las células troncales neuronales adultas poseen una capacidad de desarrollo mucho más amplia de lo que se pensaba y potencialmente se podrí­an utilizar para generar linajes de células para transplantes. Además las células neuronales de ratas adultas eran capaces de contribuir a la formación de embriones de ratones y de generar lí­neas celulares germinales.

En Julio de 2000 dos equipos de investigación de EEUU y Gran Bretaña habí­an demostrado que las células troncales de la médula ósea de seres humanos podí­an generar tejido hepático [18], [19].

En Agosto de 2000 un equipo de investigación de la Universidad del Sur de Florida demostró que la versatilidad de las células troncales sanguí­neas es tal, que permite incluso, su transformación en neuronas. Al cultivar células troncales de médula ósea de seres humanos y de ratones con determinados factores de crecimiento, éstas se convirtieron en células nerviosas inmaduras [20].

En Diciembre de 2000 se publicó un trabajo de un equipo del Hospital Infantil de Toronto, Canadá, en el que se demuestra  que existen dos tipos de células troncales en el sistema sanguí­neo que difieren en el tiempo de supervivencia al ser transplantadas. Los cientí­ficos las han denominado repoblaciones de células troncales a corto y largo plazo. De forma que hay algunas células troncales que sólo funcionan durante el primer  mes para desaparecer posteriormente, y hay otras células que empiezan a funcionar transcurridos unos meses y no dejan de hacerlo después de ese momento [21].

Otro trabajo publicado en Nature Medicine [22], demuestra la capacidad de las células troncales adultas de médula ósea para la recuperación del daño cardí­aco que se produce tras un infarto.

El artí­culo de Nature Medicine ha sido realizado por Itescu, director del Centro de Transplantes e Inmunologí­a de Columbia, en Nueva York tratando de reponer mediante células troncales adultas el daño cardí­aco que se produce tras un infarto. Los investigadores seleccionaron células troncales adultas de médula ósea que reuní­an las caracterí­sticas de los angioblastos embrionarios. Después inyectaron dichas células en el rabo de los ratones que habí­an sufrido un infarto y comprobaron que éstas eran capaces de generar nuevos vasos sanguí­neos que crecí­an dentro de la parte dañada del músculo cardí­aco.

Se ha publicado también la capacidad de células troncales epiteliales para generar neuronas, células de glí­a, células de músculo liso y adipocitos [23] .

Basten estos ejemplos para ilustrar el enorme potencial que existe en las células troncales adultas.

Originalmente se pensó que las células troncales adultas tení­an un potencial limitado para producir lí­neas celulares diferenciadas. El convencimiento de la comunidad cientí­fica hasta hace pocos años era el de que una célula troncal multipotente sólo puede generar células del tejido al que pertenece. De este modo, células troncales sanguí­neas sólo podrí­an producir células de sangre; neuroblastos sólo podrí­an producir células del sistema nervioso, etc.

Sin embargo, los experimentos enunciados anteriormente y algunos otros han puesto de manifiesto que la capacidad de las células multipotentes para generar diversos tejidos viene condicionada por el ambiente en el que se encuentran y por los factores quí­micos que en un determinado ambiente dirigen su diferenciación.

Este hecho pone de manifiesto que las células troncales adultas presentan una plasticidad (capacidad para generar células de diferentes tejidos) mayor de la esperada, y que las que hasta hoy se denominaban células troncales multipotentes quizás puedan pronto encuadrarse dentro de las células troncales pluripotentes; entre las que se encuentran las células troncales embrionarias.

Consecuentemente células troncales adultas pueden ser inmensamente útiles para el tratamiento de algunas enfermedades humanas. Se ha argumentado que las células troncales adulas (frente a las células troncales embrionarias) no pueden mantenerse en cultivo indefinidamente sin que pierdan su plasticidad. Sin embargo, estudios recientes han mostrado que un tipo de células troncales adultas multipotentes: las células precursoras de oligodendrocitos pueden crecerse indefinidamente en cultivo [24] . í‰stos estudios sugieren que puede ser posible establecer condiciones en las que las células troncales adultas puedan crecerse indefinidamente.

 De lo anteriormente descrito se deduce que la utilización de células troncales adultas no conlleva ningún problema ético más allá de los implicados en procesos de trasplantes de órganos y tejidos; mientras que en el empleo de células troncales embrionarias procedentes de embriones humanos existen problemas éticos que son la fuente de los grandes debates que hoy nos ocupan.

 El embrión humano, como se ha indicado, no es la única fuente para obtener células troncales embrionarias, pero sí­ es la fuente que suscita el debate ético, y es esto así­ justamente porque el estatuto antropológico que se otorga al embrión humano marca una u otra postura ética.

El embrión humano

 La evidencia cientí­fica pone de manifiesto que el embrión humano es desde su estado unicelular de cigoto un nuevo individuo de la especie humana, que a lo largo de su vida en un proceso continuo irá desarrollando estructuras distintas que integran el organismo adulto. Esto es un dato incontestable desde el punto de  cientí­fico, indiscutible desde una reflexión cientí­fica seria, un dato absolutamente objetivo, y empí­ricamente demostrable.

 Ahora bien, es justamente una concepción filosófica personalista del ser humano la que lleva necesariamente a reconocer un valor intrí­nseco de toda vida humana individual, y esta concepción personalista supone la defensa del embrión vivo con la misma intensidad con que se defiende la vida de cualquier otro individuo de la especie humana que se encuentra en un estado de desarrollo distinto a las primeras fases del desarrollo embrionario o a las últimas fases del desarrollo embrionario.

El embrión humano no es un hombre en potencia, como en algunas ocasiones se dice, sino un ser humano en acto, un ser humano en acto porque está allí­ en su estado unicelular o pluricelular de las primeras fases de desarrollo como individuo de la especie homo sapiens, como individuo de la especie humana. Y lo que sí­ está en potencia es el desarrollo de unas facultades; esto sí­ está en potencia, pero no el sujeto de tales facultades que es el embrión.

Los embriones congelados

            Tradicionalmente, para dar cumplimiento al objetivo del proceso de fecundación in vitro se estimula hormonalmente el ovario de la mujer con la finalidad de obtener varios óvulos que se someten simultáneamente a la fecundación con el esperma bien del marido bien de un donante. De este modo se generan más óvulos fecundados, es decir más embriones, de los que en un primer intento se implantarán en la mujer. Los embriones sobrantes tras haber alcanzado la implantación exitosa de uno o varios de ellos en el útero de la mujer se denominan embriones supernumerarios y es, práctica común en todas las clí­nicas de fecundación in vitro de la mayorí­a de los paí­ses congelarlos (criopreservarlos) con el fin de que la pareja sometida al proceso de fecundación in vitro pueda acceder a ellos en una etapa posterior en la que deseen volver a ver cumplido su deseo de tener descendencia.

Sin embargo, la legislación de los distintos paí­ses que hoy practican la fecundación in vitro como técnica alternativa de reproducción en relación a los embriones congelados es altamente contradictoria y podemos afirmar que no existe consenso con respecto a qué hacer con estos embriones. De esta manera, encontramos por ejemplo en la legislación española un importante vací­o legal al respecto puesto que nuestra ley de fecundación asistida promulgada en el año 1988 sostiene que los embriones deben permanecer congelados durante cinco años, sin embargo no indica qué se debe hacer con ellos una vez transcurrido los cinco años desde su congelación quedando a partir de los dos años a disposición de la clí­nica donde fueron congelados.

Existen otros paí­ses como es el caso de Dinamarca en los que el exceso de embriones obtenido por fecundación in vitro debe destruirse inmediatamente si posibilidad alguna de criopreservación.

Por otra parte, en Bélgica por ejemplo, se permite la investigación con embriones humanos en clí­nicas privadas pero no se autoriza la investigación con fondos públicos. Esta situación es semejante a la que existe en Estados Unidos donde es legal investigar con embriones humanos con fondos privados y no lo es con fondos públicos.

En Francia sin embargo, sí­ se autoriza la investigación con embriones humanos hasta 14 dí­as después de la fertilización, por tanto se permite el empleo de los embriones congelados para investigar siempre y cuando se mantengan en cultivo no más de 14 dí­as.

Existen otras legislaciones restrictivas con relación a la investigación con embriones humanos como es por ejemplo el caso de Alemania o Noruega donde existe una prohibición total al respecto. Alemania, de hecho, no permite generar más embriones de los que vayan a implantarse.

La ley británica, sin embargo, es muy permisiva en este tema. Recordemos que ya en 1984 con el informe Warnock se sentaron las bases para investigar con embriones humanos. En 1990 se permitieron cinco campos de investigación relativos al origen al desarrollo y a enfermedades del embrión; y en el informe Donaldson de 2000 se plantea el aprobar nuevos campos de investigación con embriones humanos, así­ como la clonación terapéutica.

Actualmente, y a pesar de la reforma de la ley de fecundación artificial que se dió en Reino Unido el pasado mes de enero en la que se autorizaba la clonación terapéutica, el pasado 15 de noviembre de 2001 un juez de la High Court sentenció que en el Reino Unido la clonación no está regulada pues la ley de 1990 reformada regula el embrión humano vivo una vez realizada la fecundación y no incluye al embrión clónico; por tanto la reforma cae en vací­o por no contemplar la ley al embrión clónico.

El hecho es que en aquellos paí­ses en donde se permite, como ví­a más eficaz, el generar más embriones fecundados de los que se van a implantar en el útero de la mujer de alguna manera se abre la puerta a que estos embriones puedan posteriormente ser empleados con un fin distinto a aquél para el cuál fueron generados, es decir a llevar a término su gestación. Los excedentes de embriones congelados que existen hoy en dí­a en las clí­nicas privadas donde se practica la fecundación in vitro abren la puerta a la posibilidad de investigar con ellos, posibilidad que de hecho se contempla como se ha descrito anteriormente en algunas legislaciones y sin embargo se prohí­be y se penaliza en otras.

Es conveniente reflexionar aquí­ sobre la legitimidad de poder emplear una vida humana en sus primeros momentos de desarrollo para investigar con ella con la consecuente destrucción de la misma. Es necesario también reflexionar aquí­ sobre los experimentos que se llevaron a cabo en el año 1998 bajo la dirección del Dr. Thomson que se hicieron de manera legal puesto que se realizaron en una clí­nica privada de fecundación in vitro en Estados Unidos y con el consentimiento informado de los padres. Estos experimentos abrieron la puerta a la posibilidad de descongelar embriones supernumerarios criopreservados para mantenerlos en cultivo hasta el estado de blastocisto en el laboratorio y destruirlos posteriormente para obtener sus células madre embrionarias, es decir, esto abrió la puerta a la posibilidad de generar embriones con el único fin de obtener células madre embrionarias, es decir, abrió la posibilidad a la clonación terapéutica.

Aplicando exclusivamente el criterio de respetar el fin para el que los embriones supernumerarios fueron generados parece lógico abogar por la prohibición absoluta de la investigación con ellos y parece también lógico intentar evitar su destrucción si esto fuera posible. Para ello, para evitar su destrucción, existen dos alternativas, la primera que supone dejarlos morir en el congelador puesto que un individuo de la especie humana incluso en sus fases primeras de desarrollo no puede permanecer congelado indefinidamente. Hoy la ciencia no sabe con certeza el numero de años que un embrión puede permanecer congelado con vida, lo que es un hecho es que a medida que el numero de años que un embrión esta congelado aumenta, disminuyen sus posibilidades de seguir vivo.

 La adopción pre-natal

         Ante el hecho de la existencia en nuestro paí­s de unos 40.000 embriones congelados, se propone a continuación la alternativa de favorecer la adopción pre-natal para ellos. Alternativa que salvaguardarí­a el fin para el que se generaron y les darí­a una posiblidad de desarrollar su vida en el entorno que les es legí­timo: el útero de una mujer. Esta alternativa no tiene sentido si no se dan unas premisas previas.

            Las premisas previas suponen necesariamente eliminar la fuente del problema, la fuente del problema es la generación continua de embriones que se lleva a cabo en las clí­nicas de fecundación in vitro. Mientras se sigan generando más embriones de los que se transfieren al útero de la mujer, el problema entrará en un cí­rculo vicioso en el que cualquier solución que se ofrezca no será una solución definitiva. Por tanto todo lo que se plantea a continuación tiene única y exclusivamente sentido en el marco en el que la generación de un número de embriones superior a los que se van a transferir al útero de la mujer, quede absolutamente prohibido.

 Esto exige una reforma urgente en la Legislación española actual; es algo que se sugiere pero de manera no suficientemente contundente en las recomendaciones que el reciente informe sobre investigación con células troncales elaborado por el Comité Asesor de í‰tica español establece, justamente en la recomendación número 7 en la que se dice textualmente: “que es recomendable evitar la acumulación de embriones humanos sobrantes en los centros de reproducción asistida, por lo que habrí­a que reducir al mí­nimo posible compatible con las técnicas de fecundación in vitro su generación y poner mayor énfasis en su catalogación y control. Además es deseable promover la donación de dichos embriones a las parejas que los precisen con fines de reproducción”. Consideramos que esto no es suficientemente contundente, y que es necesario el establecer las medidas legislativas que garanticen que no se generen más embriones que aquellos que se van a transferir al útero de la mujer. Esto ya lo recoge la legislación alemana, como se ha mencionado aquí­.

 Una segunda consideración previa es el hecho de que el proceso de congelación y descongelación del embrión supone una agresión, una agresión al embrión, y una agresión que puede dañar seriamente su viabilidad y que puede eventualmente provocar la muerte del embrión. Esto sólo desde el punto de vista técnico, pero desde el punto de vista ético el entorno al que se somete al embrión humano no puede ser más desfavorable, el entorno que le es natural al embrión humano es el útero de la madre no un congelador a ciento cincuenta grados bajo cero con un destino incierto. No es legí­timo condenar a un individuo de la especie humana a tener sus funciones biológicas paralizadas por tiempo indefinido hasta que el legislador decida concluir que hacer con él. Por tanto desde el punto de vista técnico no es deseable la congelación, pero desde el punto de vista ético tampoco lo es.

 Este punto soporta el argumento anterior en el que se indica que es necesario reducir al máximo la generación de embriones y generar única y exclusivamente aquellos que se van a transferir al útero de una mujer.

 Es necesario también abundar dentro de las premisas previas el hecho de la imposibilidad de saber si un embrión congelado está vivo, está muerto, es viable o no lo es de un modo distinto a descongelarlo. Para conocer el estado en que se encuentra el embrión es necesario descongelarlo. Y es importante mencionar aquí­ que el establecer un plazo de tiempo en el que el daño al embrión es mayor o menor está absolutamente exento de rigor cientí­fico.

 No presentará nunca la misma viabilidad ni afectará del mismo modo la congelación a un embrión que se ha generado con células germinales que provienen de un padre y de una madre joven, de una mujer de veintitantos años y de un  varón de veintitantos años, que el óvulo que se fecunda, por ejemplo, procedente de una mujer de 45 años con el semen de un varón de 20 años. Las condiciones propias de las células germinales ya son diferentes; por lo tanto la viabilidad de estos embriones y cómo afecta cualquier manipulación a su vida es distinta para cada caso. Las condiciones de congelación que han evolucionado a lo largo del tiempo y a lo largo de las prácticas de reproducción asistida también afectan directamente al proceso de congelación, y también son distintas. Por tanto establecer que los embriones deben mantenerse congelados 2, 3, 5, 10 años es un número de años arbitrario, arbitrario y no constatado que no se sustenta en una valoración objetiva cientí­fica.

 Es también importante mencionar aquí­ que el embrión in vitro en el laboratorio no puede mantenerse vivo más allá de las primeras fases del blastocisto, es decir más allá de 5 ó 7 dí­as después de haberse generado, después de haberse formado el cigoto. Transcurrido este tiempo el embrión necesariamente precisa transferirse al útero de una mujer para sobrevivir. Es el único modo de garantizar que pueda desarrollarse a término.

 Es también importante hacer notar que el debate actual sobre el uso de células troncales embrionarias no es otro que el debate sobre la posibilidad de investigar con ellas, no de curar, y esto es muy importante hacerlo constar pues no es legí­timo el hablar de curación de enfermedades degenerativas cuando a fecha de hoy esto no es cierto. Si estuviéramos hablando de utilizar células troncales embrionarias con fines terapéuticos, entonces, una de las cuestiones que habrí­a que plantearse es la posibilidad de la, mal denominada, clonación terapéutica, y muy bien denominada por el profesor José Miguel Serrano clonación de investigación, puesto que una de las primeras cuestiones que serí­a deseable es que las células fueran inmunológicamente compatibles con el receptor y esto no se garantiza utilizando embriones congelados. De modo que, la razón del debate sobre el uso de células troncales embrionarias hoy es una razón única y exclusivamente de investigación, de investigación que quiere tender a un fin terapéutico, pero de investigación.

 Es necesario hacer mención aquí­ que existen en el mundo 400 protocolos terapéuticos con células troncales adultas de los cuáles dos de ellos se están realizando en nuestro paí­s y ninguno con células troncales embrionarias. Por tanto, hablar de terapia con células troncales embrionarias es falso y está exento de rigor cientí­fico. Hoy en el campo de células troncales embrionarias nos movemos única y exclusivamente en el ámbito de la investigación, de aquí­ que lo que se autorice o se deje de autorizar hacer con los embriones congelados será dirigido en primera instancia a investigar. 

Investigar es, por otra parte, una actividad altamente deseable, que se debe promover, y debe tratar de buscar la verdad, que trata de buscar el bien del hombre, pero que ha de marcarse unos criterios éticos tales que permitan que la investigación nunca se vuelva contra el hombre, y por supuesto, nunca atente al valor que sustenta el resto de los valores que es el valor de la vida. 

Establecidas estas premisas podemos pasar a describir la propuesta que se recoge en el voto particular emitido en el informe sobre investigación con células troncales anteriormente mencionado.  

La propuesta manifiesta que: Los embriones congelados sobrantes de procesos de reproducción asistida son una fuente de células troncales. Un embrión mantenido indefinidamente en un congelador eventualmente, no sabemos cuándo, pero eventualmente morirá; por tanto el único modo de darle la posibilidad de vivir y de formar parte de un proceso parental, que es el motivo por el cual se generó, es criotransferirlo al útero de una mujer.

 Existen en la actualidad listas de espera que oscilan de los 5 a los 10 años para que una pareja que desea adoptar un niño nacido pueda conseguirlo. Ante esta demanda insatisfecha los embriones sobrantes deberí­an descongelarse cronológicamente. Es verdad que para descongelar los embriones cronológicamente, lo primero que se debe exigir es que se sepa el número exacto, el número exacto de embriones que existen en estas clí­nicas y que se sepa el tiempo que llevan congelados. Es inadmisible que ningún gobierno en España hasta la fecha hayan dado un número exacto de los embriones congelados, y hayan exigido a las clí­nicas un inventario del número de embriones que tienen. Por ello, es importante el exigir que se diga cuántos embriones hay, más menos uno no es indiferente, más menos uno es una vida humana más.

 Deberí­an descongelarse cronológicamente con el consentimiento informado de los padres, con el fin primero de transferirlos al útero de las troncales adoptivas que deseen gestarlos, implementándose así­ un proceso de adopción prenatal que debe regularse del mismo modo que hoy se regula la adopción de los nacidos.

 Para poder llevar a cabo esta alternativa de adopción prenatal serí­a necesario establecer el entramado legal que garantice al menos las siguientes cuestiones:

1)         Es imprescindible conocer el número exacto de embriones que cada clí­nica tiene congelados y el tiempo que estos llevan congelados.

2)         Es necesario obtener el consentimiento informado de los padres par proceder a la adopción.

3)         Se debe proceder a la descongelación cronológica de los embriones comenzando por los que llevan más tiempo congelados.

4)         Al descongelar los embriones podemos encontrarnos con tres situaciones:

a)      Que el embrión esté muerto.

b)      Que el embrión esté vivo, pero no sea viable .

c)      Que el embrión esté vivo y sea viable.

En ellas nos detendremos más adelante.

5)         El diagnóstico pre-natal con finalidades abortivas en la práctica de la adopción pre-natal, sigue siendo moralmente ilí­cito.

6)         Los padres adoptivos deben conocer la mayor incidencia de enfermedades registrada en niños generados por fecundación in vitro antes de tomar la decisión de adoptar un embrión. La madre debe conocer también los riesgos que entraña para ella.

7)         Los criterios de idoneidad que se aplican para considerar apta para adoptar un niño ya nacido a una pareja deben aplicarse también en la adopción pre-natal.

8)         Es necesario incluir restricción para llevar a cabo una adopción pre-natal en mujeres post-meopáusicas.

9)         La selección de embriones en función de su sexo o genes debe quedar absolutamente prohibida.

10)     Es necesario prohibir la práctica de la maternidad subrogada.

11)     Es necesario establecer mecanismos que eviten posibles relaciones de consanguineidad entre nacidos tras adopciones pre-natales.

12)     La pareja debe ser prevenida del riesgo de embarazo múltiple y la reducción embrionaria debe quedar absolutamente prohibida.

Debemos tener muy claro que la alternativa de adopción prenatal no es buena en su conjunto, puesto que dado un desorden moral previo que es el someter a una serie de vidas humanas a una criopreservación, cualquier solución que se otorgue tiene implicaciones negativas.

Ahora bien ante la realidad de los embriones congelados tenemos cuatro opciones:

1) matarlos descongelándolos.

2) dejarlos morir en el congelador de forma indefinida.

3) utilizarlos para investigar, lo que vamos a abordar a continuación.

4) darles la posibilidad de desarrollarse en el útero de una madre.

En el proceso de descongelación de los embriones se encontrarí­an básicamente tres escenarios: uno en el que los embriones descongelados mueran al descongelar o estén ya muertos, en este caso nos encontramos ante un cadáver, por tanto con el consentimiento informado de sus padres sus partes integrantes que son sus células troncales embrionarias que mantengan la capacidad de proliferar podrí­an utilizarse para la investigación.

El segundo escenario es aquel en el que encontramos embriones que al descongelarlos reúnan lo que se denomina criterios morfológicos que permiten identificar los embriones como embriones no viables.

 Para hablar de no viabilidad es necesario mencionar que a fecha de hoy no existe ningún criterio bioquí­mico que permita definir la viabilidad de un embrión, lo único que existen son criterios morfológicos, fundamentalmente tres, que permiten definir un embrión como no viable.

 Para definir la muerte de un individuo de la especie humana en el estado de las primeras fases del desarrollo embrionario nos encontramos actualmente ante una problemática similar a la que nos encontramos hace unos años para definir el criterio de muerte en un individuo adulto o en un individuo nacido a la hora de poder o no extirpar sus órganos para beneficio de otros. En el caso del nacido el criterio establecido ha sido el criterio de muerte cerebral.

 En el embrión en esta fase tan temprana de desarrollo en la que la estructura cerebral ni siquiera se ha esbozado, es imposible adoptar este criterio como criterio de muerte. El único modo de definir si un embrión está muerto o un embrión es no viable, es decir, tiene alteraciones morfológicas que definiré a continuación que son incompatibles con la vida es mediante sus ritmos de fragmentación y de división celular.

Un embrión que al descongelarlo no se divide en un determinado número de horas se da por muerto, se considera que está muerto.

 Un embrión que al descongelarlo muestra citoplasma oscurecido, un ritmo de fragmentación anormal o una inclusión de vacuolas alta en el citoplasma es incompatible con la vida. Es equivalente en el estado embrionario al individuo que tiene muerte cerebral, pero que su corazón todaví­a late, que sus órganos todaví­a pueden extirparse.

 Por tanto como, ha demostrado la práctica de fecundación in vitro la transferencia de este embrión no viable, por eso se ha denominado no viable, al útero de una mujer sistemáticamente ha conllevado un aborto espontáneo del embrión, sistemáticamente ha llevado a la muerte. Y el mantenimiento in vitro del embrión es imposible más allá del estado tardí­o del blastocisto.

 En este segundo escenario, en este escenario en el que encontráramos embriones que al descongelarlos reúnen criterios morfológicos y presentan ritmos de fragmentación que permitan definirlos como no viables, también se aplica lo indicado en el punto que se refiere a los embriones que mueren o están ya muertos al descongelar.

 Y por último encontrarí­amos embriones que al descongelarlos vivan y sean viables. Estos deben ser transferidos al útero de la madre adoptiva para llevar a término su desarrollo embrionario. Emplearlos para obtener sus células troncales, supondrí­a necesariamente eliminar su vida, que puede desarrollarse en el entorno favorable del útero femenino. Esta propuesta pretende dar la posibilidad de investigar con ambas células troncales, las troncales adultas y las troncales embrionarias. Sin embargo condena la obtención de células troncales embrionarias a partir de fuentes que suponen eliminar la vida de un individuo de la especie humana. Tal es el caso del empleo regulado, pero indiscriminado de todos los embriones sobrantes que han superado el plazo de 5 años de criopreservación que marca la ley, sin salvaguardar la vida del embrión viable y transferible al útero de una mujer. Y es justamente esto lo que no comparte la propuesta del voto particular, lo que se manifiesta en la recomendación número 5 del informe en la que se dice textualmente: “En nuestro paí­s existen miles de embriones humanos sobrantes de procesos de fecundación in vitro, y considerando el presunto efecto negativo sobre los mismos de la congelación prolongada, así­ como su posible destrucción una vez superado el plazo establecido por la ley, este Comité recomienda que: frente a la alternativa de destrucción de los embriones sobrantes, éstos puedan ser empleados para obtener células troncales embrionarias ya que las investigaciones con estas células pueden generar resultados parcialmente aplicables a la prevención y o tratamiento de enfermedades graves.

 Y en la recomendación número 4 en la que se dice textualmente: “La investigación con células troncales embrionarias humanas si genera problemas éticos, ya que deben obtenerse a partir de embriones tempranos. Este comité conoce dicha problemática y estima que el embrión temprano tiene un valor y merece especial respeto, pero que este valor es ponderable con respecto a otros valores”.

 En el momento en el que aceptamos que el valor del embrión es ponderable con respecto a otros valores, las recomendaciones que se establecen a continuación encajan perfectamente con esta recomendación número 4, y éste es el punto de desacuerdo sustancial en las recomendaciones del informe.

El informe, por otra parte, no recomienda la denominada clonación terapéutica o clonación para investigación, punto que compartimos, si bien no creemos que deba no recomendarse sino prohibirse, tal y como se ha hecho en otros lugares.

 Mencionar, por último, que la cuestión de la adopción como ya se ha indicado, no es una opción impecable, puesto que creemos que nos movemos con ella en el terreno del mal menor, pero es la única que da la posibilidad de mantener el derecho a la vida del embrión vivo y viable congelado, que le da posibilidad de desarrollarse en el entorno que es favorable que es el útero de una mujer, que le da la posibilidad de llevar a término su desarrollo embrionario, y la única que en definitiva es compatible con la vida del embrión vivo no viable.

 La investigación no se frenarí­a con esta propuesta, existirí­an embriones suficient

Comments 2

  1. Pingback: ¿Qué dice la Iglesia católica sobre la adopción de embriones? | Aleteia – Spanish
  2. Luis Sainz de los Terreros Aguirre de Cárcer says:

    Lo extraordinario de la situación actual es, de qué manera se ignoran entre la gente corriente los avances vertiginosos que tienen lugar en este ámbito de la tecnología (ingeniería) de la reproducción humana y las bases científicas y éticas (o carentes de ética) que la soportan. Especialmente entre los más jóvenes la ignorancia es casi absoluta y también entre los adultos. Se echa en falta, y se comprende porque es una tarea inmensa, la exposición abierta, accesible y global, sobre todo en el ambiente educativo, de lo que se sabe con certeza científica y lo que se desconoce o se comprende parcialmente, y lo que es decisivo, de aquello que se puede hacer y lo que no se debe hacer sin alterar de manera gravísima el orden y el derecho natural, derecho a la vida, el derecho a la filiación de todo ser humano.
    Soy padre de dos hijas adoptivas, me considero muy afortunado por ello y ellas son perfectamente conscientes de su doble filiación, natural y adoptiva. Me pregunto que será de aquellas criaturas que nacen y crecen, no a partir de una circunstancia humana, dramática, como el abandono o la orfandad, sino como resultado del azar de una manipulación y selección de embriones. El artículo me parece espléndido, y en particular el hecho de subrayar la adopción pre-natal del embrión como un “mal menor”. Creo, según mi modesta opinión, que la mayor dificultad y muy grave, es que el bebé nacido de esta manera, pueda o no pueda elaborar una historia humana de su propio origen, aún cuando hubiera lagunas de desconocimiento, pero una historia humana al fin y al cabo, que pueda, siquiera, imaginarla. Si falta esto, si el ser nacido de este modo sólo puede saber de su origen, que es un ser vivo que lo es solamente por efecto colateral y secundario de una cadena de sucesos que no le remiten a nada humano, a nadie en que se reconozca, ese ser humano, lo sufrirá y de una manera indecible. Vida humana y filiación, son inseparables, y el “rescate” que representa la adopción pre-natal (cómo lo es cualquier adopción) tratará de llenar y compensar esa nueva vida desde el abismo de su origen. Al final, solamente el amor de los padres, una madre y un padre, a imagen del amor de Dios, puede obrar el milagro.

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