Resumen
La técnica de reproducción asistida trae consigo un número de embriones sobrantes. Se propone una revisión del estado de la cuestión de estos embriones en el Perú. Se revisa desde las perspectivas biológica, ética y jurídica. Se profundiza en el ordenamiento jurídico peruano, sobre el estado de desprotección de estos embriones y se contrasta con una posible solución: la adopción embrionaria. Se constata el estado de incertidumbre de la situación de estos embriones y se concluye como ilegítima la práctica de la adopción embrionaria, por vulnerar la dignidad y condición de sujeto de derecho del embrión sobrante.
Introducción
El empleo creciente de las técnicas de reproducción asistida (TRA) en la última década tiene muchas consecuencias, una de ellas es la criopreservación de embriones. Un número importante de los embriones criopreservados ya no será trasplantado a las usuarias de las TRA por diversos motivos, lo que hace incierto su destino. Muchos de estos embriones quedan en estado de abandono y son llamados embriones sobrantes. Respecto a ellos surgen muchas inquietudes, una de las cuales consiste en determinar la licitud de su adopción, particularmente cuando esta se presenta como un acto altruista.
El presente estudio tiene como objetivo analizar el estado de la cuestión ético-jurídica de la adopción de embriones sobrantes en el Perú. Con tal fin, nos aproximaremos al tema desde su aspecto biológico, para luego proponer un análisis antropológico y ético, y, finalmente, examinar los aspectos jurídicos implicados. En ese sentido, la metodología de investigación empleada responde al método de la bioética personalista, propuesta por Elio Sgreccia.
Examinar las implicaciones de la adopción embrionaria exige responder primero a la pregunta: ¿Qué es el embrión humano?
Esta cuestión es abordada por la embriología humana y de su respuesta depende la protección jurídica que los ordenamientos nacionales le otorgan. Ello nos lleva a reflexionar ineludiblemente sobre el estatuto antropológico del embrión humano y, consecuentemente, sobre su estatuto jurídico. Solo habiendo abordado estas cuestiones es posible analizar jurídicamente la adopción de embriones sobrantes en el ordenamiento jurídico peruano.
ANÁLISIS BIOLÓGICO
Embrión humano y las TRA
El embrión humano se forma por la fecundación, proceso dado por la fusión del gameto masculino con el gameto femenino. La fecundación es un proceso ampliamente estudiado en embriología y es sumamente importante para conocer el momento de inicio de la vida de un individuo de la especie humana. Los datos aportados por la genética y la biología molecular sobre la fecundación confirman que cada embrión es un nuevo individuo humano, ya que cuenta con una combinación propia y única de 23 pares de cromosomas humanos, fruto de la fusión de los pronúcleos del espermatozoide y del óvulo. En este proceso molecularmente complejo, se genera un embrión, la primera célula diploide humana, que inicia una secuencia autorregulada de divisiones celulares por mitosis, llamadas blastómeros, que muestran una disposición espacial en función de la formación de los tejidos y los órganos humanos. En este proceso se verifican una gradualidad, una coordinación y una continuidad determinadas por la propia información del embrión. El embrión conserva esta misma identidad genética durante todo su desarrollo y a través de toda la vida adulta del individuo, dato fundamental para valorar su futuro, según los estudios genéticos preimplantatorios aplicados internacionalmente y también en el Perú.
Actualmente, para lograr la fecundación, se aplica mayoritariamente la técnica intracytoplasmic sperm injection (ICSI), independientemente de la causa de infertilidad ―incluso en el Perú―, porque resulta ser más efectiva para la obtención de…