¿Quién puede oponerse a que nazca un niño para ayudar a un hermano?

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El Ministro de Sanidad ha realizado unas declaraciones con motivo de la presentación del éxito del trasplante de la sangre de cordón umbilical procedente del así llamado “bebé-medicamento”, con el que se ha salvado a su hermano, en las que se pregunta "¿quién puede oponerse a que nazca un niño para ayudar a un hermano?". Trato de explicarlo en estas breves líneas.

Nadie se opone a que nazca un niño. Un niño es siempre una bendición, un regalo que la Naturaleza brinda a los padres. A veces puede que sea muy deseado, y otras poco o incluso nada. Pero un hijo siempre es fruto del azar, de un misterioso juego de casualidades que la Naturaleza se encarga de combinar sabiamente para asegurar el necesario equilibrio ecológico de la especie humana. El problema es que ese niño no nazca así, como un valor en sí mismo, sino que haya sido creado artificialmente para ayudar a su hermano.
Este caso plantea, a mi juicio, dos graves problemas. En primer lugar, se crea un ser humano, saltándose las barreras del azar, para forzar la existencia de una persona con una determinada carga genética que cumple con unos requisitos previos. Por cierto, que para hacer esto, se incumplen gravemente los tratados internacionales suscritos por España, al discriminar por razones genéticas a los hermanos del bebé elegido. Así, el Convenio para la protección de los derechos humanos y la dignidad del ser humano con respecto a las aplicaciones de la Biología y la Medicina del Consejo de Europa, que nuestro país ratificó el 23 de Julio de 1999, dice en su artículo 11: “Se prohíbe toda forma de discriminación de una persona a causa de su patrimonio genético”. No hay peor forma de discriminación que la de privar del derecho a la vida a una persona por tener un patrimonio genético no compatible con los fines que se buscan. Por otro lado, el ser humano al que se le da la oportunidad de vivir es literalmente “creado” de forma artificial en un laboratorio y sometido a un complejo proceso de control de calidad, para garantizar su plena compatibilidad genética. Si bien las leyes en España, a raíz de la aprobación de la ley 14/2006 sobre técnicas de reproducción humana asistida, permiten este tipo de terapias, no por ello dejan de ser moralmente inaceptables, pues no respetan la dignidad intrínseca del ser humano, y crean una relación de dominio de los padres sobre los hijos. Así, frente a las relaciones de igualdad existentes entre todos los seres humanos, que venimos a este mundo sin que nadie nos pida permiso, fruto de complicados juegos de azar, los bebés creados artificialmente saltan todos estos obstáculos para nacer con determinadas características genéticas, buscadas en todos los casos con fines terapéuticos.
¿Cabría el caso de que en el futuro alguno de estos niños así concebidos demandara a sus “creadores” por no haber sido seleccionado con ciertas otras características genéticas más deseables para él? Como vemos, el problema de fondo es que un hombre es instrumentalizado por otros hombres (en este caso para conseguir un fin muy loable), lo cual recuerda épocas históricas felizmente superadas y repugna las conciencias.
El segundo gran problema ético se plantea al necesitarse la creación de un número importante de embriones humanos para poder seleccionar entre ellos y tener mayores posibilidades de encontrar al menos uno que cumpla con los criterios de selección. Los demás hermanos que no cumplan con los requisitos cromosómicos exigidos serán descartados por padecer la enfermedad o, incluso aún no estando enfermos, por no tener un patrimonio genético compatible con los fines médicos para los que son buscados.
Resulta muy comprensible la angustia de los padres que buscan desesperadamente la solución al grave problema de salud de un hijo, a los que estas técnicas se les presentan como la única alternativa posible. Pero en ninguna manera me parece justificable destruir 20 vidas para salvar otra. La citada ley 14/2006 de reproducción humana asistida, al definir qué hacer con los embriones sobrantes de estas técnicas ofrece en el artículo 11.4 las siguientes cuatro opciones: “a) Su utilización por la propia mujer o su cónyuge, b) la donación con fines reproductivos, c) la donación con fines de investigación y d) el cese de su conservación sin otra utilización” (esto último, en el caso de la familia no haya optado por ninguna de las tres opciones anteriores). Ya sabemos, por tanto, qué les espera a los hermanos del bebé-medicamento. Un futuro, a mi juicio, nada acorde con el respeto exigible a la dignidad del ser humano.
Así, pues, y respondiendo al Ministro (“¿quién puede oponerse a que nazca un niño para ayudar a un hermano?") le respondo: Todos los hombres de buena voluntad que reconocen que la dignidad de la vida humana está por encima de su utilización utilitarista y que no consideran correcto matar a unos seres humanos para salvar a otro. La Historia juzgará a los que, como los nazis, decidieron cerrar los ojos y utilizar a unos hombres a los que se consideraba de inferior calidad o categoría (antes, los judíos; hoy, los embriones) para buscar el beneficio de otros.

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