Desde el 11 de marzo el ritmo de la vida política española ha cambiado notablemente. En pocos días hemos sufrido el mayor atentado terrorista de nuestra historia y asistido a un giro político sin precedentes, tras unas elecciones democráticas. Por activa y por pasiva, los analistas políticos han hecho alusión …
Durante un tiempo quedará probablemente suspendido el juicio sobre cuál es realmente la opinión de los españoles sobre algunas cuestiones importantes que estaban sobre el tapete, antes de esos acontecimientos. Y es que al margen de las cuestiones relacionadas con la guerra de Irak y la reforma del modelo de Estado (Constitución, Estatutos, sistema de financiación, etc.), los principales partidos habían tomado posiciones más o menos encontradas en campos relacionados con la política de apoyo a la familia, la educación, la sanidad y algunas otras cuestiones sociales cargadas de connotaciones ideológicas. Ahí estaba por ejemplo el debate sobre la regulación del matrimonio de parejas homosexuales con o sin derecho a la adopción; la posible ampliación de la ley del aborto o la despenalización de la eutanasia y el suicidio asistido. Aunque de forma más velada, también estaban en juego posiciones diferentes ante algunos de los nuevos debates de bioética que se encuentran planteados tanto en España como en el resto del mundo: la autorización de la clonación humana con fines terapéuticos; el alcance de la investigación con células madre procedentes de embriones humanos sobrantes de técnicas de fecundación in vitro (fiv); la selección o manipulación genética de embriones humanos con fines terapéuticos o eugenésicos, etc.
No ha hecho falta esperar muchos días tras las elecciones para comprobar que la bioética va a estar de nuevo en primera línea del debate público. Baste con recordar los mensajes emitidos desde Cataluña tras el 14-M en relación a la ampliación de la ley del aborto, la desregulación de la eutanasia y la elaboración de una nueva ley de fecundación in vitro; baste con repasar los cuatro párrafos dedicados a la sanidad por Rodríguez Zapatero en su debate de investidura, para fácilmente comprobar que la investigación con células madre embrionarias se encuentra entre sus prioridades.
Ante este panorama, considero muy conveniente hacer una revisión de los principales debates políticos planteados en el ámbito nacional e internacional en el campo de la bioética, y más concretamente, en el ámbito de la genética y la «medicina regenerativa» —terapia celular, estrategias de medicina reparadora basada en la obtención y trasplante de células y tejidos de origen humano y animal, modificadas o no, etc.—.
Desde que en 1998 se descubrió la posibilidad de obtener, a partir de embriones humanos de cinco o seis días (blastocistos), células troncales capaces de dar lugar a células de los más de doscientos tejidos existentes, se han disparado las expectativas de desarrollar terapias eficaces para enfermedades como la diabetes, el parkinson u otros desarreglos nerviosos o degenerativos. Como consecuencia, se ha desencadenado un fuerte debate en la mayor parte de los países desarrollados, en torno a la investigación con embriones humanos y células madre embrionarias de distinto origen.
Ante estos debates, las soluciones a las que se está llegando en cada uno de los países son distintas, conformando una verdadera «escalera» de opciones jurídicas que va desde la prohibición de la fecundación in vitro hasta la autorización de la generación expresa de embriones con fines de investigación mediante técnicas de transferencia nuclear (Reino Unido o Suecia). Entre estos extremos, algunos países mantienen legislaciones restrictivas sobre fiv que prohíben cualquier tipo de investigación destructiva del embrión (Alemania, Italia, Austria, Irlanda y Portugal); otros han abierto sus legislaciones a la investigación con células embrionarias importadas de otros países (Alemania y Suiza), o a la obtención de las líneas celulares a partir de embriones humanos sobrantes de la fiv (Francia, Holanda, Bélgica y recientemente España). En este contexto internacional, desde hace varios años se encontraba abierto en España un intenso debate sobre cuál debería ser el destino de los embriones humanos procedentes de las técnicas fiv que llevan congelados más de los cinco años que la Ley 35/1988 preveía como plazo máximo de crioconservación, y en su caso, si podrían ser utilizados para desarrollos de investigación.
El debate nacional ha cobrado fuerza a raíz del posicionamiento de ciertos partidos políticos y la campaña que están realizando algunos científicos apoyándose en medios de comunicación y colectivos de enfermos (diabéticos especialmente), que actúan de forma bien orquestada.
En un principio la posición del Gobierno consistió en recordar la prohibición existente en la ley española acerca de la investigación con embriones humanos, llamando la atención sobre la existencia de vías alternativas que no implican problemas éticos, como son las células madre adultas. Asimismo, se optó por solicitar informes científicos a los dos órganos asesores del Estado para estas materias, como son la Comisión Nacional de Reproducción Asistida (Ministerio de Sanidad) y el Comité Asesor de Ética de Ciencia y Tecnología (Ministerio de Ciencia y Tecnología), quienes se mostraron partidarios de forma generalizada (con algunos votos en contra) por la autorización de la investigación con los embriones congelados sobrantes, como una alternativa a su destrucción.
Una vez emitidos los informes y siendo conscientes que con la redacción existente de la Ley 35/1988, el paso del tiempo no hacía sino agravar el problema de acumulación de embriones, se decidió acometer una reforma que encerraba una gran complejidad ética y política. En este sentido, se planteó una reforma puntual a un problema heredado del pasado, que para muchos no tenía una solución buena, pero cuya gravedad se incrementaba con el paso del tiempo.
Dentro de estas coordenadas, se buscó una solución que tuviera en cuenta la situación jurídica existente en nuestro país (despenalización del aborto; sentencias del Tribunal Constitucional sobre el estatuto jurídico del embrión; recomendaciones de los comités de expertos) y que fuera lo más respetuosa posible con el embrión. Por un lado, la reforma establece que serían las parejas progenitoras las que, mediante consentimiento informado, determinarían el destino de los embriones crioconservados hasta la fecha de entrada en vigor de la ley (24 noviembre de 2003), pudiendo elegir entre: mantener el estado de crioconservación hasta que les fueran transferidos; donarlos con fines reproductivos a otras parejas; permitir que el material biológico obtenido tras la descongelación del embrión fuera utilizado con fines de investigación u optar por la descongelación del embrión sin otro fin.
En el caso de aquellos embriones que no fueran a ser transferidos o donados a otras parejas y cuya única alternativa fuera su descongelación, se permitía la utilización del material biológico (las células, no el embrión en sí mismo) obtenido en el momento de la descongelación, sin que se permitiera la reanimación (reactivación del desarrollo) del embrión tras la descongelación. Se considera además que este planteamiento podía ser válido y coherente si se ponían los medios para que no volvieran a acumularse embriones en el futuro que no pudieran transferirse.
Otro aspecto importante de la reforma era la prohibición de comercializar con el material celular que pudiera obtenerse y la constitución de un Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa que asumiera la custodia y el control del proceso de descongelación y uso de los embriones cuyas células fueran a ser objeto de investigación.
Por otro lado, la reforma introducía medidas para reducir el número de embriones sobrantes de la fiv y evitar que pudieran quedar sin transferir, evitar la práctica de la reducción embrionaria y reducir la tasa de partos múltiples y sus riesgos asociados. Para ello se autorizaba la transferencia de un máximo de tres embriones por ciclo y se establecía un límite a fecundar un máximo de tres ovocitos por mujer y ciclo. Asimismo, dada la gran casuística existente, se preveía la aprobación de un protocolo que regulara los casos en los que se pudieran fecundar más ovocitos. También se amplíaba el plazo de crioconservación de los embriones y se exigía a los progenitores la firma de un compromiso de responsabilidad sobre sus embriones, señalando que en caso de incumplimiento del mismo, sólo podrían ser donados con fines reproductivos a otras parejas. Asímismo, la reforma establecía elementos que desincentivan la generación de embriones sobrantes al exigir a los centros que crioconserven la contratación de un seguro que garantizase la correspondiente compensación a las parejas en caso de siniestro.
Desde que el Consejo de Ministros autorizó el inicio de la tramitación del borrador presentado, se ha puesto de manifiesto la enorme complejidad de la materia y la existencia de múltiples posiciones incluso entre quienes aceptan y quienes no aceptan las propias técnicas de fiv y la posibilidad de investigar con embriones humanos. Igualmente, se ha puesto en evidencia cuál es el grado de conocimiento y la sensibilidad que ante estos temas muestran los diferentes grupos políticos, los medios de comunicación y la sociedad en general. Por ejemplo, resulta ilustrativo que durante los debates mantenidos en las Cortes durante la tramitación del proyecto, ningún grupo parlamentario haya apoyado los elementos introducidos para asegurar un mayor respeto al embrión. Me refiero a elementos tales como el establecimiento de límites a la transferencia de embriones y fecundación de ovocitos en los nuevos ciclos; la exigencia del compromiso de responsabilidad de las parejas en los casos en los que haya crioconservación; la exigencia de que, en estos casos, el único destino de los embriones que pudieran crioconservarse a partir de ahora fuera el reproductivo; la prohibición de «reanimar» los embriones que fueran cedidos para que se investigue con células obtenidas tras su descongelación; o que la descongelación de los mismos se produjera en un único centro nacional sin admitir la posibilidad de exportación o importación de los embriones ni de sus células. Aunque la mayor parte de las críticas se han centrado en estos puntos (desde luego todas las que se han escuchado en las Cámaras), tampoco faltaron las de quienes no aceptaban en ningún caso la posibilidad de investigar con embriones humanos o de quienes han visto en el protocolo de excepciones al límite de fecundación de tres ovocitos una puerta a la posibilidad de que se pudiera repetir la situación.
Como se puede suponer, los posicionamientos de unos y de otros dependían de la ponderación que se hacía, por un lado, de la dignidad del embrión humano crioconservado y, por otro, de la eficacia de una técnica que causa sufrimientos a la mujer a la que se le aplica y que en ocasiones no puede ser repetida. Como es lógico, para quienes pensamos que el embrión humano no es una cosa (Sentencias del Tribunal Constitucional: S.T.C. 212/1996 y S.T.C. 116/1999), sino un ser humano en sus primeras fases de desarrollo, la disyuntiva ofrecía pocas dudas: sin entrar a reflexionar sobre la ética de la fiv en sí misma, el deseo de un niño por parte de una pareja, y por tanto la eficacia del procedimiento que se usa para lograrlo, no tendría suficiente entidad como para justificar que quede ni un solo embrión humano congelado y abocado a la decisión extrema que se ha tenido que tomar con los miles que ahora tenemos.
Como consecuencia del final de la legislatura y del cambio político que se ha producido, algunos flecos importantes de la reforma han quedado sin cerrar, al no haberse podido aprobar las normas de desarrollo pertinentes. Me refiero lógicamente al protocolo que establecía las excepciones al límite de fecundación de tres ovocitos y al real decreto que debía regular el procedimiento de solicitud de consentimiento informado y los requisitos básicos de cada una de las opciones disponibles para las parejas. A este respecto, aunque queda pendiente el desarrollo de ambos puntos, es importante considerar que ya la norma aprobada incluye la prohibición a la reanimación de los embriones tras su descongelación (disposición final primera) y que ante la probabilidad de que se trate de aprobar un protocolo amplio de excepciones que trate de «abrir» la norma, siempre estaría la cláusula por la que el destino de los embriones sobrantes que se pudieran generar tuvieran que «ser donados a otras parejas con fines reproductivos como única alternativa». De forma paralela al debate nacional sobre la posibilidad de investigar con los embriones sobrantes de la fiv, se han producido al menos tres debates internacionales importantes, que influyen y se ven influidos por la marcha del debate nacional.
Por un lado, está la discusión sobre la posibilidad de financiar con cargo al VI Programa Marco de I+D de la ue aquellas investigaciones relacionadas con la clonación humana, el uso de embriones humanos o de células madre embrionarias. Después de varios meses de discusión, y para evitar el bloqueo de todo el programa, los países europeos acordaron en septiembre de 2002 un veto total hasta el 2006 a la financiación de proyectos relacionados con la clonación humana (reproductiva y terapéutica), y una moratoria de al menos un año para los proyectos con embriones humanos sobrantes de fiv o células madre embrionarias, excluidas la investigación con líneas celulares que se encontraran ya aisladas en bancos.
El 9 de julio, la Comisión Europea presentó una propuesta sobre el final de la moratoria para que fuera debatida por el Parlamento y por el Consejo antes de que ésta finalizara (diciembre 2003). Con el ánimo de lograr el consenso dentro del Consejo (se preveía la existencia de una minoría de bloqueo), la Comisión propuso una serie de restricciones formales a la investigación, de entre las que destacaba la de restringir la financiación a los proyectos que usaran embriones obtenidos antes del día de aprobación del VI Programa Marco (27 de julio de 2002). Con el establecimiento de este cut-off date, la Comisión seguía la experiencia previa de Estados Unidos (Bush prohibió la financiación con fondos federales de proyectos que usaran líneas celulares obtenidas con anterioridad al 7 de agosto de 2001) y Alemania (en 2002, el Gobierno alemán autorizó la investigación con células madre embrionarias importadas que hubieran sido obtenidas antes del 1 de enero de 2002). De esta manera se quería autorizar la financiación de la investigación con los «embriones sobrantes ya creados», al tiempo que se hacía un gesto para no «promover la creación de nuevos embriones con fines de investigación». El 19 de noviembre el Parlamento Europeo votó la propuesta de la Comisión y las enmiendas aportadas por la comisión parlamentaria itre, aceptando las enmiendas más «permisivas» que eliminaban el cut-off date del 27 de julio 2002. De esta manera, el Parlamento respaldaba la postura de los países pro-investigación (Reino Unido, Bélgica, Holanda, Dinamarca, Suecia, Finlandia) que querían eliminar cualquier tipo de restricción.
Oída la opinión del Parlamento, y habiendo rechazado la Comisión sus enmiendas —de esta manera la Comisión se presentaba como más moderada ante el Consejo—, el 3 de diciembre de 2003 el Consejo Europeo sometió a votación la propuesta presentada por la Comisión el 9 de julio. Durante dicho Consejo de Competitividad se volvió a poner de manifiesto la división existente, verificándose la existencia de una minoría de bloqueo a la aprobación de la propuesta de la Comisión (D/I/L/A/P y España se opusieron a la propuesta de la Comisión). El voto negativo de España estaba justificado desde el momento en el que la propuesta de la Comisión no incluía las mismas reservas éticas que se habían introducido en la reforma de la Ley 35/1988 y planteaba una opción similar a otras que ya habían sido discutidas y rechazadas por el Grupo Popular en el Parlamento español.
Como consecuencia, el Consejo no aprobó la propuesta de la Comisión, produciéndose una situación compleja que genera una considerable inseguridad jurídica: al no haber sido aprobada la propuesta, la moratoria acordada por los países expiraba en diciembre de 2003 y la Comisión quedaba autorizada para aprobar la financiación de los proyectos de investigación con embriones sobrantes a través del procedimiento de Comitología (Comités de Investigación) sin restricción alguna de fecha tope ni de «ausencia de lucro» en la donación.
En paralelo al debate desencadenado en torno al VI Programa Marco, hemos asistido a uno similar en relación a la directiva propuesta por la Comisión para regular normas de calidad y seguridad sanitaria para las células y tejidos de uso humano. Aunque la directiva no regulaba la investigación en cada país miembro, el debate ético y político se desencadenó a la hora de regular las normas de calidad y seguridad para el transporte y uso de células procedentes de embriones humanos clonados o híbridos (procedentes de gametos de hombre y animal), de embriones humanos obtenidos por fecundación in vitro o de fetos humanos abortados.
En este caso fue el Parlamento Europeo y, más concretamente, el parlamentario alemán Peter Liese, quien propuso una serie de enmiendas al texto del Consejo para prohibir en toda la ue el transporte y comercio de células y tejidos que tuvieran este origen.
Como era de esperar, ni la Comisión ni el Consejo quisieron entrar a un debate polémico que de algún modo se salía de la materia propia de la norma. Finalmente, amparados en la falta de base jurídica para prohibir el transporte y comercio intraeuropeo de células con un origen considerado como «ilegal» o «no ético» para ciertos Estados, se acabó por lograr una fórmula de compromiso que evitaba dicha prohibición, pero que permitía que los Estados pudieran restringir su importación y uso en su territorio. Además, y en parte gracias al trabajo de la delegación española, se logró una redacción más positiva en relación a la promoción de la donación gratuita y a la defensa del principio de ausencia de lucro en la donación de células y tejidos.
Mientras tanto, al otro lado del Atlántico, en la sede central de Naciones Unidas de Nueva York, se venía desarrollando desde febrero de 2002, dentro de la VI Comisión de Asuntos Jurídicos, un debate internacional para prohibir la clonación humana con fines reproductivos. El punto de partida del debate fue una iniciativa promovida por Alemania y Francia en septiembre de 2001, sin llegar nunca a adivinar —intuyo— los múltiples quebraderos de cabeza que les iba a acarrear tanto dentro como fuera de Naciones Unidas. Y es que durante el debate, algunos países, entre los que se encontraba Estados Unidos, Italia y España, propusieron ampliar dicha prohibición a todo tipo de clonación humana (con fines reproductivos y de investigación). En el caso de España, se consideraba que al tratar separadamente ambos tipos de clonación se colisionaba con nuestra legislación nacional y con el Convenio de Derechos Humanos y Biotecnología del Consejo de Europa (Oviedo, 1997), que España ha firmado y ratificado, y en cuyo artículo 18.2 se prohíbe «la creación de embriones humanos con fines de investigación».
Aparte, la postura de España resultaba la más coherente con la posición mayoritaria de la Unión Europea, que a pesar de contar con varios miembros (Reino Unido y Suecia) que han autorizado o quieren autorizar (Bélgica y Holanda) la clonación terapéutica, ha manifestado en diversas ocasiones su rechazo a este tipo de prácticas.
Ante la situación de bloqueo de las reuniones de otoño de 2002 y 2003, el debate quedó abocado a una votación en la Asamblea General que se celebraría el 6 de noviembre de 2003. En esos momentos, el número de copatrocinadores de la propuesta liderada por Costa Rica, Estados Unidos, Italia y España había superado con creces al de la propuesta de resolución de Francia y Alemania. Asimismo, Bélgica se había desmarcado del frente franco-alemán con una nueva resolución aún más «permisiva» en línea con los países que de hecho están promoviendo la clonación terapéutica (Reino Unido, Suecia, China, Brasil, Corea, Singapur). Ante esta situación, Alemania se enfrentaba a la desagradable situación de tener que votar en contra de una propuesta defendida por Costa Rica y más de setenta países, que proponía una prohibición de toda clonación humana en línea con lo que dice la propia legislación alemana. La delegación alemana no quería de ningún modo «dar un giro» que dejara a Francia en solitario y le incorporara al frente de Estados Unidos. No lo quiso hacer, ni siquiera después de que el Parlamento alemán hubiese aprobado una propuesta de «los Verdes» —en gobierno de coalición con los socialdemócratas— que conminaba al Gobierno de Alemania (esto es, a sí mismos) a cambiar su posición en el debate de la onu y a que fuera coherente con su legislación nacional, que prohíbe como ya hemos señalado cualquier tipo de clonación.
Casualmente (quien quiera entender, que entienda) no hizo falta que Alemania votara en contra de la propuesta de Costa Rica, ya que un amplio número de países de la Conferencia de Países Islámicos propuso posponer el debate dos años más. Era una jugada tan incoherente como favorable para Alemania: con dos años más, en los que se celebrarían elecciones en muchos países (entre ellos Estados Unidos y España), podía aumentar el número de países pro clonación que se subieran a su carro, y podría incluso dar tiempo a que Schröeder intentara de nuevo «forzar» la fuerte oposición nacional a modificar su legislación sobre investigación con embriones. Al final, el grupo de países islámicos, apoyados por los países abiertamente pro clonación e incluso por Francia y Alemania, ganaron la votación por un voto, logrando posponer el debate por un año. Como se puede comprobar, la mayor parte de los debates de bioética siguen abiertos. Durante los próximos años deberemos seguir con atención la evolución del debate nacional en relación a la Ley de Técnicas de Reproducción Humana Asistida recientemente reformada. Habrá que ver si el nuevo Gobierno opta por desarrollar los flecos que han quedado pendientes de la reforma o si apuesta por la elaboración de una nueva norma en línea con lo que ha venido anunciando tras el 14-M.
En este contexto, será interesante conocer la actitud que toma el nuevo Gobierno socialista ante el recurso presentado ante el Constitucional en contra de la ley sobre investigación con embriones de la Junta de Andalucía. En caso de no ser retirado, será importante conocer la resolución del Tribunal para saber hasta qué punto pueden caber también en España diecisiete regulaciones sobre lo que es o no un embrión humano viable para la reproducción.
También en el ámbito nacional, será necesario seguir los debates que se están discutiendo en el ámbito de la fiv en España, y que hacen referencia a la autorización definitiva del uso en fiv de óvulos congelados (actualmente sólo se permite de forma restringida), a la aplicación de técnicas fiv de orientación eugenésica para la obtención de «niños sanos» (el pasado año, el psoe propuso una pnl para que el Sistema Nacional de Salud ofreciera la fiv con selección de embriones mediante diagnóstico preimplantatorio a mujeres con hemofilia); o de «niños histo-compatibles», mediante diagnóstico preimplantatorio y selección, con un hermano enfermo que requieran de un donante compatible… Tampoco se puede descartar que se abra el debate sobre prácticas actualmente prohibidas en España como son la subrogación del parto (madre de alquiler) o la selección del sexo de los niños obtenidos por fiv.
Por otro lado, habrá que estar atentos al cumplimiento riguroso de la legislación recientemente aprobada sobre la investigación con las células obtenidas en el momento de la descongelación de los embriones congelados, que fueran cedidos al Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa. Asimismo, si se analizan las declaraciones realizadas desde el psoe en los últimos meses, resulta previsible que se acabe promoviendo un debate político intenso sobre la autorización de la clonación humana con fines de investigación y terapéutica en España.
En este sentido, dado que España ha firmado el Convenio de Oviedo y sus protocolos adicionales contra la clonación humana, no sería extraño que determinados autores y escuelas de bioética promuevan cambios en la redacción del convenio, proponiendo sutiles juegos semánticos entre conceptos tales como «fin terapéutico» versus «fin de investigación»; «embrión obtenido para investigación» versus «embrión obtenido por investigación»; o «embrión» versus «nucleóvolo»1.
Igualmente, habrá que seguir la evolución del debate europeo en relación al comportamiento que siga la Comisión Europea de cara a la autorización de los proyectos que se presenten aprovechando el vacío legal existente en la actualidad. Considero también muy importante atender a la génesis del próximo VII Programa Marco de i+d de la ue, en el que sin duda alguna se repetirán los debates de bioética relativos al uso de embriones sobrantes de fiv, ampliándolos seguramente al ámbito de la clonación terapéutica y la modificación genética del embrión. No es de extrañar que, deslizados por la pendiente resbaladiza, haya países que traten de aprobar sin límites lo que en el VI Programa Marco estuvo bajo «moratoria» y propongan una moratoria para los ámbitos en los que había un veto total.
Asimismo, es lógico esperar que en septiembre de 2004 vuelva a retomarse el debate de Naciones Unidas sobre la clonación. Igualmente, habrá que seguir con atención los debates que, de forma menos acalorada pero con una enorme trascendencia, se van a desarrollar en el ámbito del Consejo de Europa en relación al desarrollo de informes (sobre eutanasia y sobre la dignidad del embrión in vitro) y nuevos protocolos adicionales al Convenio de Oviedo (uno sobre material celular humano; otro sobre investigación con seres humanos).
Como es de suponer, la evolución de la mayor parte de estos debates va a depender de múltiples factores que resultan hoy impredecibles: nuevos descubrimientos en el ámbito de las células adultas o de la transferencia nuclear, cambios políticos en los países que lideran la investigación científica y que marcan paradigmas jurídicos (Estados Unidos, Alemania, Francia, Reino Unido, etc.); desarrollo de una mayor conciencia social y política de la necesidad de proteger al embrión humano y dotarle de una categoría jurídica estable y firme. Es evidente que estamos ante un panorama complejo cuya evolución va a marcar hitos importantes en la historia de la humanidad. A nadie se le escapa que el mundo será diferente una vez que el primer niño clonado haya nacido. La sociedad moderna se encuentra ante una verdadera encrucijada. Un cruce de caminos de los que no se conoce el final, pero que en algunos casos, sí se conoce los costes que llevan emparejados desde el principio en términos éticos y de instrumentalización de la vida. En este contexto, el panorama que se abre para muchos no resulta demasiado alentador.
Como pude comprobar en el discurso de toma de posesión de la nueva ministra de Sanidad, quien aludió expresamente a su intención de promover prioritariamente la investigación con embriones con la única limitación de lo que señale el Tribunal Constitucional (¿significa esto un réquiem para la bioética u otra forma de ética profesional?), hay quienes siguen empeñados en plantear los debates de bioética en un plano de lucha ideológica entre progresistas y conservadores, entre «visiones laicas» y «visiones religiosas», sin aceptar que las raíces de las cuestiones son más profundas y las evidencias biológicas bastante más objetivas.
Ahora bien, como han señalado algunos analistas políticos, no es de extrañar que si el psoe no puede gastar más en educación, investigación o vivienda, intente insuflar «sus aires de cambio» a través de medidas de carácter social que no cuesten dinero, pero que dejen sentado que existe «otra forma» de pensar y de gobernar.
Zapatero ha hablado de un «cambio tranquilo», pero no ha prometido que no vaya a apoyar las iniciativas más controvertidas que planteen sus socios. No es de extrañar que en este sentido, sea el tripartito catalán y la inapelable mayoría de los socialistas andaluces quienes «hagan de liebre» y «lideren el cambio» con las «propuestas progresistas», más polémicas. De esta manera, surgen dudas bastante fundadas sobre el rigor científico y ético con el que se van a abordar muchas de estas cuestiones en los próximos años. Creo que este hecho no es ninguna buena noticia. No porque considere que se deba eludir la reflexión sobre cuestiones complejas como las que aquí se han planteado, sino porque en mi opinión se están enfocando de una forma errónea unos debates que de algún modo sobrepasan el ámbito político y puramente ideológico. Tal y como han señalado recientemente algunos autores, desde Fukuyama hasta Jünger Habermas, nos encontramos ante debates que superan el eje de confrontación entre la derecha y la izquierda y se sitúan en un eje más radical entre «lo humano» y «lo no humano». De esta manera, en el fondo, las diferentes posturas políticas sobre diferentes formas de instrumentalizar la vida humana no se ciñen al paradigma de la ponderación de unos bienes frente a otros (igualdad versus libertad, por ejemplo, o autonomía individual versus orden social) sino en sentido estricto, a la adopción de la regla maquiavélica de que el fin justifica los medios.
Ojalá dentro de unos años nuestra sociedad pueda enorgullecerse de haber desarrollado la medicina regenerativa, sin haber pisoteado su propia dignidad.
Publicado en Nueva Revista, n. 93, mayo-junio 2004