PREÁMBULO
La Asociación Médica Mundial (AMM) ha desarrollado el Código Internacional de Ética Médica como un canon de principios éticos para los miembros de la profesión médica en todo el mundo. De acuerdo con la Declaración de Ginebra de la AMM: El Compromiso del Médico y todo el cuerpo de políticas de la AMM, define y aclara los deberes profesionales de los médicos hacia sus pacientes, otros médicos y profesionales de la salud, ellos mismos y la sociedad en su conjunto.
El médico debe conocer las normas y estándares éticos, legales y reglamentarios nacionales aplicables, así como las normas y estándares internacionales pertinentes.
Tales normas y estándares no deben menoscabar el compromiso del médico con los principios éticos establecidos en este Código.
El Código Internacional de Ética Médica debe leerse en su conjunto y cada uno de sus párrafos constituyentes debe aplicarse teniendo en cuenta todos los demás párrafos pertinentes. De acuerdo con el mandato de la AMM, el Código está dirigido a los médicos. La AMM alienta a otras personas involucradas en el cuidado de la salud a adoptar estos principios éticos.
PRINCIPIOS GENERALES
1. El deber principal del médico es promover la salud y el bienestar de los pacientes individuales brindando atención competente, oportuna y compasiva de acuerdo con la buena práctica médica y el profesionalismo.
El médico también tiene la responsabilidad de contribuir a la salud y el bienestar de las poblaciones a las que atiende y de la sociedad en su conjunto, incluidas las generaciones futuras.
El médico debe prestar la atención con el máximo respeto a la vida y la dignidad humana, y a la autonomía y los derechos del paciente.
2. El médico debe ejercer la medicina de manera justa y equitativa y prestar una atención basada en las necesidades de salud del paciente, sin prejuicios ni conductas discriminatorias por motivos de edad, enfermedad o discapacidad, credo, origen étnico, sexo, nacionalidad, afiliación política, raza, cultura, orientación sexual, posición social o cualquier otro factor.
3. El médico debe esforzarse por utilizar los recursos sanitarios de manera que beneficien de forma óptima al paciente, de acuerdo con una administración justa, equitativa y prudente de los recursos compartidos que se le han confiado.
4. El médico debe ejercer con conciencia, honestidad, integridad y responsabilidad, ejerciendo siempre un juicio profesional independiente y manteniendo los más altos niveles de conducta profesional.
5. El médico no debe permitir que su juicio profesional individual se vea influenciado por la posibilidad de beneficiarse a sí mismo o a su institución. El médico debe reconocer y evitar los conflictos de intereses reales o potenciales. Cuando dichos conflictos sean inevitables, deben ser declarados de antemano y gestionados adecuadamente.
6. Los médicos deben asumir la responsabilidad de sus decisiones médicas individuales y no deben alterar sus juicios médicos profesionales sólidos sobre la base de instrucciones contrarias a las consideraciones médicas.
7. Cuando sea médicamente apropiado, el médico debe colaborar con otros médicos y profesionales de la salud que estén involucrados en la atención del paciente o que estén calificados para evaluar o recomendar opciones de atención. Esta comunicación debe respetar la confidencialidad del paciente y limitarse a la información necesaria.
8. Al proporcionar una certificación profesional, el médico sólo debe certificar lo que ha verificado personalmente.
9. El médico debe prestar ayuda en las emergencias médicas, teniendo en cuenta su propia seguridad y competencia, así como la disponibilidad de otras opciones viables de atención.
10. El médico nunca debe participar o facilitar actos de tortura u otras prácticas y castigos crueles, inhumanos o degradantes.
11. El médico debe realizar un aprendizaje continuo a lo largo de su vida profesional para mantener y desarrollar sus conocimientos y habilidades profesionales.
12. El médico debe esforzarse por ejercer la medicina de forma sostenible desde el punto de vista medioambiental, con el fin de minimizar los riesgos medioambientales para la salud de las generaciones actuales y futuras.
Deberes con el paciente
13. Al prestar atención médica, el médico debe respetar la dignidad, la autonomía y los derechos del paciente. El médico debe respetar el derecho del paciente a aceptar o rechazar libremente la atención, de acuerdo con sus valores y preferencias.
14. El médico debe comprometerse con la primacía de la salud y el bienestar del paciente y debe ofrecer una atención en el mejor interés del paciente. Al hacerlo, el médico debe esforzarse por evitar o minimizar el daño al paciente y buscar un equilibrio positivo entre el beneficio previsto para el paciente y cualquier daño potencial.
15. El médico debe respetar el derecho del paciente a ser informado en cada fase del proceso de atención. El médico debe obtener el consentimiento informado voluntario del paciente antes de cualquier atención médica que se le preste, asegurando que el paciente reciba y comprenda la información necesaria para tomar una decisión independiente e informada sobre la atención propuesta. El médico debe respetar la decisión del paciente de retener o retirar su consentimiento en cualquier momento y por cualquier motivo.
16. Cuando un paciente tiene una capacidad de decisión sustancialmente limitada, subdesarrollada, deteriorada o fluctuante, el médico debe hacer participar al paciente lo más posible en las decisiones médicas. Además, el médico debe trabajar con el representante de confianza del paciente, si está disponible, para tomar decisiones de acuerdo con las preferencias del paciente, cuando éstas se conocen o se pueden inferir razonablemente. Cuando no se pueden determinar las preferencias del paciente, el médico debe tomar decisiones en el mejor interés del paciente. Todas las decisiones deben tomarse de acuerdo con los principios establecidos en este Código.
17. En caso de emergencia, cuando el paciente no pueda participar en la toma de decisiones y no haya un representante disponible, el médico puede iniciar una intervención sin consentimiento informado previo en el mejor interés del paciente y respetando sus preferencias, cuando las conozca.
18. Si el paciente recupera la capacidad de decisión, el médico debe obtener el consentimiento informado para una nueva intervención.
19. El médico debe ser considerado y comunicarse con otras personas, cuando estén disponibles, que estén cerca del paciente, de acuerdo con las preferencias y el mejor interés del paciente y con el debido respeto a la confidencialidad del paciente.
20. Si algún aspecto del cuidado del paciente supera la capacidad del médico, éste debe consultar o remitir al paciente a otro médico o profesional sanitario debidamente cualificado que tenga la capacidad necesaria.
21. El médico debe garantizar una documentación médica precisa y oportuna.
22. El médico debe respetar la privacidad y confidencialidad del paciente, incluso después de que éste haya fallecido. El médico puede revelar información confidencial si el paciente da su consentimiento informado voluntario o, en casos excepcionales, cuando la revelación es necesaria para salvaguardar una obligación ética importante y primordial para la que se han agotado todas las demás soluciones posibles, incluso cuando el paciente no da o no puede dar su consentimiento. Esta divulgación debe limitarse a la información, los destinatarios y la duración mínimos necesarios.
23. Si el médico actúa en nombre de terceros o informa a éstos con respecto a la atención de un paciente, debe informar al paciente al respecto desde el principio y, en su caso, durante el curso de cualquier interacción. El médico debe revelar al paciente la naturaleza y el alcance de dichos compromisos y debe obtener el consentimiento para la interacción.
24. El médico debe abstenerse de hacer publicidad y marketing intrusivos o inapropiados y asegurarse de que toda la información utilizada por el médico en la publicidad y el marketing es real y no engañosa.
25. El médico no debe permitir que los intereses comerciales, financieros o de otro tipo en conflicto afecten a su juicio profesional.
26. Cuando se presta atención médica a distancia, el médico debe asegurarse de que esta forma de comunicación es justificable desde el punto de vista médico y que se presta la atención médica necesaria. El médico también debe informar al paciente sobre los beneficios y limitaciones de recibir atención médica a distancia, obtener el consentimiento del paciente y asegurarse de que se mantenga la confidencialidad del paciente. Siempre que sea médicamente apropiado, el médico debe tratar de prestar atención al paciente a través de un contacto directo y personal.
27. El médico debe mantener límites profesionales apropiados. El médico nunca debe entablar relaciones o comportamientos abusivos, explotadores o inapropiados con un paciente y no debe entablar una relación sexual con un paciente actual.
28. Para prestar una atención de la más alta calidad, los médicos deben atender su propia salud, bienestar y capacidades. Esto incluye buscar la atención adecuada para asegurarse de que pueden ejercer su profesión con seguridad.
29. Este Código representa los deberes éticos del médico. Sin embargo, en algunos temas existen profundos dilemas morales respecto a los cuales los médicos y los pacientes pueden tener creencias de conciencia profundamente consideradas pero conflictivas.
El médico tiene la obligación ética de minimizar la interrupción de la atención al paciente. La objeción de conciencia del médico a la prestación de cualquier intervención médica legal sólo puede ejercerse si el paciente individual no es perjudicado o discriminado y si la salud del paciente no está en peligro.
El médico debe informar inmediata y respetuosamente al paciente sobre esta objeción y sobre el derecho del paciente a consultar a otro médico calificado y proporcionar información suficiente para que el paciente pueda iniciar dicha consulta de manera oportuna.
Deberes con otros médicos, profesionales de la salud, estudiantes y otro personal
30. El médico debe relacionarse con otros médicos, profesionales de la salud y otro personal de manera respetuosa y colaborativa, sin prejuicios, acoso o conducta discriminatoria. El médico también debe asegurarse de que se respeten los principios éticos cuando se trabaja en equipo.
31. El médico debe respetar la relación médico-paciente de sus colegas y no intervenir a menos que lo solicite alguna de las partes o que sea necesario para proteger al paciente de un daño. Esto no debe impedir que el médico recomiende cursos de acción alternativos que se consideren en el mejor interés del paciente.
32. El médico debe informar a las autoridades correspondientes las condiciones o circunstancias que le impidan a él o a otros profesionales de la salud prestar una atención del más alto nivel o respetar los principios de este Código. Esto incluye cualquier forma de abuso o violencia contra los médicos y otro personal de salud, condiciones de trabajo inapropiadas u otras circunstancias que produzcan niveles excesivos y sostenidos de estrés.
33. El médico debe guardar el debido respeto a los profesores y a los alumnos.
Deberes para con la sociedad
34. El médico debe apoyar la prestación justa y equitativa de la atención médica. Esto incluye abordar las desigualdades en la salud y la atención, los determinantes de esas desigualdades, así como las violaciones de los derechos tanto de los pacientes como de los profesionales de la salud.
35. Los médicos desempeñan un papel importante en asuntos relacionados con la salud, la educación sanitaria y la alfabetización sanitaria. En el cumplimiento de esta responsabilidad, los médicos deben ser prudentes al hablar de nuevos descubrimientos, tecnologías o tratamientos en entornos públicos no profesionales, incluidos los medios sociales, y deben asegurarse de que sus propias declaraciones sean científicamente precisas y comprensibles.
Los médicos deben indicar si sus propias opiniones son contrarias a la información científica basada en la evidencia.
36. El médico debe apoyar la investigación científica médica sólida de conformidad con la Declaración de Helsinki de la AMM y la Declaración de Taipei de la AMM.
37. El médico debe evitar actuar de tal manera que debilite la confianza del público en la profesión médica. Para mantener esa confianza, los médicos individuales deben exigirse a sí mismos y a sus colegas médicos los más altos estándares de conducta profesional y estar preparados para informar a las autoridades correspondientes cualquier comportamiento que entre en conflicto con los principios de este Código.
38. El médico debe compartir el conocimiento médico y la experiencia en beneficio de los pacientes y el avance de la atención médica, así como de la salud pública y mundial.
Deberes como miembro de la profesión médica
39. El médico debe seguir, proteger y promover los principios éticos de este Código. El médico debe ayudar a prevenir requisitos éticos, legales, organizacionales o regulatorios nacionales o internacionales que menoscaben cualquiera de los deberes establecidos en este Código.
40. El médico debe ayudar a sus colegas médicos a cumplir con las responsabilidades establecidas en este Código y tomar medidas para protegerlos de influencias indebidas, abuso, explotación, violencia u opresión.
(Traducción propia del original inglés)
Publicada en Asociación Médica Mundial | 26 de octubre de 2022
Además de esta excelente exposición de conceptos básicos, me parece que también es necesario referirse a los temas medicos sobre los cuáles no hay acuerdo en el aspecto ético. Con respeto mutuo,pero basándose en la búsqueda de la verdad exclusivamente