Comentarios al nuevo Proyecto de Ley de Biomedicina

1.7k
VIEWS

Hace unos pocos meses mi mujer y yo supimos que esperábamos otro hijo. Cuando nos dimos cuenta de que, como pensábamos podía suceder, mi mujer había concebido, nos llenamos de alegría. Una alegría y un optimismo de la vida. Recientemente he tenido oportunidad de verlo en mi hermana también con …

Hace unos pocos meses mi mujer y yo supimos que esperábamos otro hijo. Cuando nos dimos cuenta de que, como pensábamos podía suceder, mi mujer había concebido, nos llenamos de alegría. Una alegría y un optimismo de la vida. Recientemente he tenido oportunidad de verlo en mi hermana también con su último hijo.

En ocasiones la sociedad reconoce esta experiencia, que es común a todos los padres, pero tiende a reinterpretarla desde un cálculo material. Te dice: “si te sientes contento es porque te dejas llevar por un sentimiento fugaz. Si pensaras en lo que te espera, verías que no deberías alegrarte tanto”.

El hombre contemporáneo corre el riesgo de que la luz que es para la propia vida la experiencia de haber recibido un inmenso don que él no puede proporcionarse, quede apagada por el peso de un juicio exterior, que lo mira con recelo.

Sin embargo ésta es una experiencia originaria en el hombre, capaz de impulsarlo hacia una nueva responsabilidad que tendrá un verdadero significado existencial y que comprometerá toda su libertad.

Con frecuencia, con el propósito de defender la vida del aún no nacido, se alude a que se debe respetar su vida porque es un individuo de nuestra especie. También se denuncia el inaceptable dualismo que supone considerar un organismo humano vivo un ser no personal, porque la inseparabilidad cuerpo-espíritu caracteriza al ser humano y, en consecuencia, no puede nunca reducírsele a mera materia.

Pero es evidente que eso es demasiado poco decir de este niño. A mí me repugna incluso, la idea de que a nuestro hijo se le califique como “individuo de nuestra especie” o que se diga que tenemos que “respetar” su vida, puesto que el don que su persona es supera absolutamente esos parámetros.

Pero no es sólo a mi. Salta a la vista que a casi todo el mundo, esa forma de presentar las cosas apenas le ayuda a vislumbrar lo que es más relevante en la tarea de promover la vida y en los límites morales ante los que se enfrentan sus acciones.

Conviene profundizar en la razón de la alegría de la experiencia de tener un hijo, que está muy ligada a la comprensión de la propia vida y percibir que el amor es la única perspectiva adecuada para apreciar el valor de la persona.

Por un lado te das cuenta de que el hijo no es la consecuencia de nada que tú hayas hecho. Estamos acostumbrados a la lógica de satisfacer un deseo, que no deja espacio al agradecimiento, sencillamente tenemos lo que somos capaces de conseguir. Pero el niño supera en todo cualquier deseo anterior y da mucho más de lo que nosotros nunca hubiéramos podido esperar. A los padres se les revela el valor de una vida que se impone por sí misma. Ante ella sólo cabe una mirada contemplativa, una admiración que se convierte en agradecimiento por el don que supone.

Por otro lado, se abre ante la presencia de este absoluto, un auténtico itinerario para la vida. El amor es capaz de integrar la dimensión intersubjetiva de afirmación de la persona y la mediación del bien objetivo, es decir: la sola presencia del hijo, que se muestra en toda su indefensión, suscita en los padres una enorme responsabilidad, que se resume en las preguntas: ¿qué será de él?, ¿qué necesitará para ser feliz?. Esta pregunta les impulsa a una tarea que tiene un profundo significado existencial para sus vidas: la realización de actos excelentes, capaces de construir una comunión de personas.

La ley de investigación biomédica.

 

Sin embargo la reproducción humana se ha ido separando progresivamente de la sexualidad y de la familia, y el proceso paulatino de tecnificación de la manera en como se convoca a la vida a las personas ha ido dando paso también a un utilitarismo a la hora de evaluar sus resultados.  Una sociedad tecnológica de marcado espíritu eficientista no encuentra razones para poner límites a las acciones que puedan resultar de utilidad, según la máxima tecnológica: lo que se puede hacer, se debe hacer.

Además a nuestra sociedad le parece bien casi cualquier medio para obtener un bien tan deseado como la curación de la enfermedad. Lanzar la idea de que alguien debe poner límites a la investigación es algo demasiado fácil de derribar. Este es uno de los problemas. Por primera vez estamos de verdad ante un gran dilema ético: traspasar graves límites para poder realizar acciones que deseamos ardientemente.

Nadie quiere poner ningún límite a la investigación porque nadie quiere enfermar. Estamos aterrorizados ante la idea de sufrir, y los medios que utilicemos para evitarlo pasan completamente a segundo plano.

Esta cortedad de miras, nos lleva a una auténtica pendiente resbaladiza. La situación ha evolucionado en pocos años prodigiosamente y nos encontramos permitiendo técnicas que prohibimos cuando autorizamos finalmente otras que habíamos dicho que nunca admitiríamos.  El galimatías es intencionado.

Se permitió sacar del ámbito de entrega corporal de los esposos la fertilización aludiendo que se establecerían controles férreos para que el destino de los embriones no fuera otro que el tratamiento de la infertilidad. Las decisiones del ´88 buscando solucionar a toda costa la infertilidad de algunos, acabó en una situación en la que más del 90% de los embriones se acumulaban en los bancos criogenados de las clínicas de reproducción asistida. Cuando han aparecido otras utilidades potenciales de los embriones se ha acabado autorizando su utilización con fines diversos, fundamentalmente de investigación, con un horizonte principalmente terapéutico, que aún está muy lejos de alcanzarse. Las técnicas desarrolladas han abierto también la puerta a un auténtico control de calidad eugenésico de los embriones, que lleva camino de producirse también con los caracteres no patológicos y a la selección de embriones por características que puedan beneficiar a terceros, incluso con grave perjuicio suyo.

La ley de investigación biomédica que ahora nos toca analizar, da una nueva vuelta de tuerca a la instrumentalización de los embriones en dos aspectos hasta ahora completamente vetados: la clonación humana y la utilización de embriones vivos que se consideran no viables, ambos con fines de investigación. También desarrolla ampliamente la equiparación del embrión preimplantatorio con mero material biológico, en la línea de la reforma de la ley de reproducción asistida que hemos comentado en las ponencias anteriores.

Es, por tanto una ley muy ambiciosa, en cuanto al intento marcadamente ideológico de autorizar una investigación sin límites sobre seres humanos que, por la situación en la que se encuentran no pueden defenderse.

El tema más grave vuelve a ser el de la creación y posterior destrucción de seres humanos en sus fases incipientes del desarrollo con fines diversos, atentando a la más mínima consideración de sus derechos fundamentales, como el de la vida o el de la diversidad biológica, el de ser convocados a la vida en un acto de amor esponsal, el de filiación o el de fraternidad, etc. Es decir los derechos más esenciales que se pueden llegar a vulnerar. Todos sabemos que es difícil hoy en día defender la posición de que alguna acción pueda ser siempre mala con independencia de las intenciones y circunstancias con las que se haya realizado y que a esta posición se la tacha en nuestro entorno relativista como de fundamentalista. Sin embargo, es necesario seguir afirmando, por su importancia, que hay límites morales por debajo de los cuales no hay vida humana posible y que son precisamente éstos límites los que la ley positiva debe salvaguardar.

La propia ley reconoce que las opciones de investigación que intenta promover plantean serios problemas de naturaleza ética. Para solucionar estos problemas utiliza dos estrategias principalmente:

Por un dado, redefine la realidad. Dogmatiza, intentando inculcar definiciones imposibles, que están en contradicción con los conceptos básicos de la biología, ratificados por los descubrimientos de los últimos años.

Por otro lado, intenta a toda costa dar la impresión de que se atiende a los problemas, burocratizándolos e institucionalizando una alianza con una bioética meramente de procedimientos que ha demostrado no ser ningún freno a los enormes intereses creados en la industria biotecnológica.

1.      La redefinición de la realidad

El preámbulo parte de un supuesto que es falso:

La investigación con gametos, embriones o células embrionarias se ha hecho imprescindible en el ámbito de la terapia celular y la medicina regenerativa.”

Lo cierto es que en estos momentos los embriones y sus células no tienen ninguna utilidad en el ámbito de la terapia celular y la medicina regenerativa y, aunque vienen postulándose numerosas hipótesis sobre su futura utilidad, parece que los problemas que conllevan distan mucho aún de resolverse, por lo menos hasta el punto de que pasen a constituir una opción terapéutica.

Esta afirmación no puede tampoco aplicarse a la necesidad de legalizar la utilización de material embrionario de embriones clonados (obtenidos por transferencia nuclear somática), puesto que esto es en la actualidad ciencia ficción, cuando no se ha conseguido siquiera clonar a los primates y las aberraciones que se han producido en el desarrollo de las especies animales en las que sí se ha conseguido, así como la bajísima eficiencia de la técnica, nos indican que aún queda mucho por conocer antes de que se pueda materialmente realizar en humanos.

Además, los descubrimientos más recientes están abriendo la puerta a la obtención de células pluripotenciales de origen no embrionario, lo que haría completamente innecesaria la utilización de los embriones y sus células, así como la clonación humana. Esta gran noticia viene de diversos grupos que, recogiendo la experiencia de los últimos años y estudiando los procesos que acontecen durante la transferencia nuclear somática, buscan una alternativa ética a la destrucción masiva de embriones.

Voy a describir brevemente el más prometedor de ellos:

Como sabemos, las células somáticas pueden reprogramarse mediante transferencia nuclear a los oocitos (Wilmut et al 1997)[1] . Por otro lado, este último año, el equipo del Howard Hughes Institute, de Harvard Cell Institute de la Universidad de Harvard  liderado por Chad A Cowan, ha conseguido reprogramar el núcleo de células somáticas, concretamente fibroblastos, mediante su fusión con células madre embrionarias humanas[2]. Las células híbridas resultantes muestran una proliferación indefinida, son pluripotentes y expresan los genes específicos de las células madre embrionarias, aunque es difícil probar su contribución a las quimeras por sus características genéticas (resultan, obviamente, tetraploides). Estos descubrimientos indican que los oocitos y las células madre embrionarias contienen factores capaces de inducir pluripotencia.

Al fenómeno por el que la información genética de la célula somática reestablece el programa transcripcional embrionario se denomina reprogramación y, es evidente, que está mediado por factores presentes en el oocito y en las ES cells.

La posibilidad de éxito en esta reprogramación está condicionada, entre otras cosas, por el grado de diferenciación celular de la célula somática y también por el momento del ciclo celular en el que se encuentre[3].

Conocemos algunos de los factores de transcripción responsables del mantenimiento de la pluripotencia: Oct3/4, Sox2 y Nanog, entre otros.  También conocemos diversos genes que se encuentran sobreexpresados en tumores como el Stat 3, el E-Ras, c-myc, b-catenin, que contribuyen en el mantenimiento del fenotipo embrionario y a la rápida proliferación de las células madre embrionarias en cultivo.

La idea es suponer que los factores de transcripción responsables de mantener la pluripotencia en las células embrionarias puedan jugar el papel más importante en la inducción de la pluripotencia y, sencillamente, imponerla directamente en las células somáticas. A las células obtenidas mediante este procedimiento se las denomina pluripotenciales inducidas (iPS).

Aunque el mejor candidato para realizar esta inducción se ha propuesto que podía ser Nanog [4], un equipo procedente de la Universidad de Kyoto presenta resultados extraordinarios mediante la asociación de los factores de transcripción Oct3/4, Sox2, cMyc y Klf4.[5]

De prosperar esta línea de investigación u otras similares, en un futuro próximo la opción de utilizar a los embriones como fuente de células pluripotenciales, sería completamente caprichosa e injustificada, si no sencillamente peor.

Por tanto, es falso que la investigación con embriones o células embrionarias se haya hecho imprescindible en estos momentos. Por esta y otras razones, como la amplia aplicación terapéutica ya demostrada de las células multipotenciales, es más bien lo contrario.

La realidad se inventa también jugando con las palabras o cambiando su significado. No voy a insistir más en la falsedad del término preembrión ni en la ficción lingüística fabricada para definir al embrión humano, pero sí quiero comentar la constante coletilla aplicada a los embriones: “no creados específicamente con este fin”.

Por ejemplo se permite la producción de embriones clónicos y al mismo tiempo se prohíbe la constitución de embriones exclusivamente con el fin de investigación. Esta afirmación era muy forzada en la reforma de la ley de reproducción asistida en donde veíamos cómo la falta de control en el número de embriones producidos escondía una intención no declarada de poder utilizar con fines de investigación los embriones creados supernumerariamente con un supuesto propósito reproductivo. Sin embargo en el caso de la activación de los ovocitos por transferencia nuclear, este razonamiento ya no hay manera de sostenerlo porque no existe ninguna otra posibilidad razonable por la que el ovocito haya sido activado, si no es para obtener un embrión clonado del que extraer células troncales para la investigación.

El propio Comité Ejecutivo de la CEE habla en su nota de la ficción verbal que supone hablar de “técnicas para la obtención de células troncales humanas como la transferencia nuclear”. Creo que no se le escapa a nadie que hay un intento de ocultamiento deliberado de las palabras que pudieran provocar una peor aceptación de la ley por la opinión pública. La nota de la Asamblea Plenaria de la CEE respecto a la reforma de Ley de Reproducción Asistida apuntaba a una doble intencionalidad de la modificación del lenguaje: intentar hacer creer que no se trata de una clonación humana, por un lado, y por otro para distanciar de la polémica persistente en torno a la dignidad del embrión[6]

2.- La alianza con la bioética procedimental.

Para dar la impresión de que se atiende al problema ético, la ley impulsa una fuerte burocratización e institucionalización de un modelo bioético determinado, marcadamente procedimental, que ya ha demostrado no representar ningún freno a los fuertes intereses creados en el campo de la biotecnología.

Este modelo ha sido importado casi sin modificaciones de la bioética americana. Lamentablemente, la marcada raíz utilitarista de sus posicionamientos, que pretende ser compensada, de manera poco eficaz, con un deontologismo sin fundamentación, no ofrece una posibilidad teórica que no sea la meramente minimalista, que tiene enormes dificultades para luchar contra los intereses pragmáticos de la ciencia y de la industria.

La derivación más frecuente de esta bioética ha convertido uno de sus principios, el de autonomía,  no ya en un valor a tener en cuenta frente a la beneficencia médica o, sobre todo, frente a la no maleficencia, considerada habitualmente como un valor superior, sino como el eje desde que el reinterpretar todas las relaciones sanitarias, en definitiva, la medida última de la legitimidad de los actos[7]. “En este sentido, la ley establece que la libre autonomía de la  persona es el fundamento del que se derivan los derechos específicos a otorgar el consentimiento y a obtener la información previa.”[8]

La ley 41/2002, del 14 de noviembre, “Básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica”, a la que constantemente hace referencia esta ley, es un buen ejemplo de este giro, que conlleva una nueva antropología: lo que define al sujeto es su autodeterminación.

Esta concepción individualista de la persona afecta a la definición de la investigación que se convierte en conflictiva de raíz. Se considera que existe una confrontación de derechos o lo que es peor aún, un enfrentamiento entre una comunidad científica ciega a la dimensión moral, cuyo derecho es el de poder investigar sin límites y una sociedad que tiene una sensibilidad fluctuante respecto a lo que es capaz de admitir o rechazar.

El viernes pasado diagnostiqué a una paciente de 59 años una Esclerosis Lateral Amiotrófica. Venía desplazada de otra provincia española para pedir una segunda opinión a nuestro servicio por un cuadro de 1 año de evolución en el que la presentación algo atípica de la enfermedad había suscitado una gran variedad de diagnósticos erróneos.

La paciente morirá, seguramente, en los próximos 2 años como consecuencia de esta enfermedad y, a juzgar por sus palabras, ella ya lo sabía. Estuvo llorando todo el tiempo y me pedía una y otra vez que el resultado de mis exploraciones no confirmara el diagnóstico.

En una segunda entrevista hablé también con la familia que, entre otras cosas, me preguntó por los tratamientos con células troncales fetales que está ofertando el Dr. Huang en China, del que habían oído hablar. En este país, la inmensa cantidad de fetos abortados proporciona una fuente casi inagotable de células troncales multipotenciales fetales,  que se están ofreciendo como terapia, a pesar de que la comunidad científica duda de su verdadera utilidad terapéutica, para lesionados medulares y pacientes con enfermedad de motoneurona.

Frente a este engaño patente, por nuestra parte no disponemos en este momento más que de un único fármaco autorizado, que ha demostrado un pequeño impacto sobre la esperanza de vida de los pacientes y sobre el retraso del comienzo de la respiración asistida: el Riluzole. Sin embargo, podemos ofrecer también a los pacientes hasta 15 ensayos en estos momentos, que se encuentran reclutando casos sobre los que probar, ya en fase clínica, la eficacia de otros fármacos como FSI-I, CNTF, Creatina, BDNF, Gabapentina, Topiramato, Neuroinmunofilinas, Procisteina, etc.

Lo traigo a colación porque la lucha contra la enfermedad es una tarea de todos. No se trata de que los investigadores mantengan unos propósitos curativos, enfrentándose a una sociedad a la que le parecen admisibles o no los métodos que utilicen.

La investigación biomédica es un servicio a la persona que todos, desde la perspectiva que le corresponda, tienen que alcanzar. Por eso puede decirse que todos los que participan en los descubrimientos que mejoran la vida de los enfermos: científicos, promotores, empresarios, los propios pacientes, etc, comparten el mérito de estos avances[9].


[1] I. Wilmut, A. E. Schnieke, J. McWhir, A. J. Kind, and K. H. Campbell. Viable offspring derived from fetal and adult mammalian cells.  Nature 385 (6619):810-813, 1997

[2] C. A. Cowan, J. Atienza, D. A. Melton, and K. Eggan. Nuclear reprogramming of somatic cells after fusion with human embryonic stem cells. Science 309 (5739):1369-1373, 2005.

[3]S. Sullivan, S. Pells, M. Hooper, E. Gallagher, and J. McWhir. Nuclear reprogramming of somatic cells by embryonic stem cells is affected by cell cycle stage. Cloning Stem Cells 8 (3):174-188, 2006.

[4] J. Silva, I. Chambers, S. Pollard, and A. Smith. Nanog promotes transfer of pluripotency after cell fusion. Nature 441 (7096):997-1001, 2006

[5] K. Takahashi and S. Yamanaka. Induction of pluripotent stem cells from mouse embryonic and adult fibroblast cultures by defined factors. Cell 126 (4):663-676, 2006

[6]Algunas orientaciones sobre la ilicitud de la reproducción humana artificial y sobre las prácticas injustas autorizadas por la ley que la regulará en España”. LXXXVI Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal Española. 30 de marzo de 2006.

[7] R. Del Río. Suicidio asistido y dimensión relacional de la libertad. Bien común y sociedad política. Colección de Jornadas de Área de Doctrina Social de la Iglesia de la Universidad San Pablo-CEU. Inst. de Humanidades_serie dsi.

[8] Preámbulo del Proyecto de Ley Investigación Biomédica. Boletín Oficial de las Cortes Generales 22 Septiembre 2006

[9] Cfr. Discurso del Santo Padre Benedicto XVI a los participantes de un congreso organizado por la Academia Pontifica para la Vida. Sala de los Suizos, Palacio Apostólico de Castelgandolfo. Sábado 16 de septiembre de 2006

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Curso de Iniciación a la Bioética

Podrás hacerlo a tu ritmo

Mi Manual de Bioética

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies