Declaración de Casablanca
(Traducido del texto original en francés)
PRESS KIT HERE / DOSSIER DE PRESSE ICI
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Nosotros, firmantes de esta Declaración,
Somos conscientes de lo siguiente :
- del sufrimiento de las personas que no pueden concebir.
- del atractivo de las tecnologías de reproducción.
- de la problemática internacional de una protección eficaz de la dignidad humana.
Convencidos de que el contrato mediante el cual uno o varios mandantes acuerdan con una mujer que ésta geste uno o varios hijos con el fin de que sean entregados al nacer, independientemente del nombre y de las condiciones de dicho contrato, denominado a continuación maternidad subrogada :
- viola la dignidad humana
- y contribuye a la mercantilización de las mujeres y los niños.
Solicitamos a los Estados la prohibición de la maternidad subrogada en todas sus modalidades y tipos, sea o no remunerada, y la aplicación de medidas para combatir dicha práctica.
Para ello, hacemos las siguientes recomendaciones a los Estados :
- prohibir la gestación subrogada en su territorio,
- negar todo valor jurídico a los contratos que lleven el compromiso de una mujer de gestar y dar a luz a un niño,
- sancionar a las personas físicas y jurídicas que actúen como intermediarios**** entre las madres de alquiler** y los mandantes***,
- perseguir judicialmente a las personas que recurran a la maternidad subrogada en su territorio,
- perseguir judicialmente a sus nacionales que recurran a la maternidad subrogada fuera de su territorio,
- y actuar a favor de la aplicación de un instrumento jurídico que prohíba globalmente la maternidad subrogada.
Se adjunta a esta Declaración un proyecto de Convenio internacional, libremente disponible para los Estados que deseen comprometerse en dicho proceso.
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* Gestación subrogada, maternidad subrogada, explotación reproductiva, utilización de un vientre de alquiler: Es el hecho de que uno o varios mandantes se pongan de acuerdo con una mujer para que ésta geste uno o varios niños con el fin de que nazcan, independientemente de que el acuerdo se haya celebrado directamente por ellos o a través de uno o varios terceros.
** Portadora gestacional, madre subrogada o sustituta : Mujer que se compromete, en beneficio de uno o varios mandantes, a gestar por cuenta de éstos uno o varios niños para entregárselos al nacer.
*** Mandante(s): Persona(s), también llamada(s) cliente(s) o padre(s) intencional(es), que se compromete(n) con una mujer a gestar por su cuenta uno o varios niños que les serán entregados al nacer.
**** Intermediarios a efectos de la gestación subrogada: Persona(s) física(s) o jurídica(s) que pone(n) en contacto a una mujer y a uno o varios mandantes para que ésta geste uno o varios niños y los entregue al nacer y/o medie entre la mujer y el o los mandantes a tal efecto.
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Anexo – Convenio internacional para la prohibición mundial de la maternidad subrogada
Los Estados firmantes del presente Convenio son conscientes de :
- el sufrimiento de las personas que no pueden concebir,
- del atractivo de las tecnologías de reproducción,
- y de la problemática internacional de una protección eficaz de la dignidad humana.
Convencidos de que el contrato por el que uno o varios mandantes acuerdan con una mujer que ésta geste uno o varios hijos para su entrega al nacer, cualquiera que sea el nombre y las condiciones de dicho contrato, denominado a continuación maternidad subrogada:
- viola la dignidad humana,
- y contribuye a la mercantilización de las mujeres y los niños.
Denuncian la maternidad subrogada en cualquiera de sus modalidades y tipos, sea o no remunerada.
Se comprometen a luchar contra dicha práctica para proteger y preservar la dignidad humana y los derechos de las mujeres y los niños, mediante la aplicación de medidas eficaces, entre ellas:
- prohibiendo la maternidad subrogada en su territorio,
- negando todo valor jurídico al contrato que conlleva el compromiso de una mujer de gestar y dar a luz a un niño,
- sancionar a las personas físicas y jurídicas que actúen como intermediarios entre las madres de alquiler y los mandantes,
- perseguir judicialmente a las personas que recurran a la maternidad subrogada en su territorio
- perseguir judicialmente a sus nacionales que recurran a la maternidad subrogada fuera de su territorio
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La Declaración de Casablanca para la abolición mundial de la maternidad subrogada, firmada por 100 expertos (juristas, médicos, psicólogos, filósofos, etc.) de 75 nacionalidades, fue hecha pública en Casablanca (Marruecos) el 3 de marzo de 2023.
Este texto no es propiedad de ninguna entidad. Está a disposición de todos los Estados, organizaciones o personas que sueñan con un mundo sin el flagelo del mercado de la maternidad subrogada.
No es necesario solicitar ninguna autorización para utilizar el contenido de la Declaración o la proposición de Convención anexa. La Declaración de Casablanca es la contribución que los expertos firmantes están felices de ofrecer a la humanidad.
http://declaration-surrogacy-casablanca.org