Índice
1.La legalización del aborto en España y la stc 53/1985:
a) De La tipificación penal a la despenalización en determinados supuestos.
b) La stc 53/1985: I) derecho a la vida y vida en formación; II) la vida del no nacido como bien constitucional; III) la constitucionalidad de los supuestos de despenalización previstos en la ley; IV) las condiciones para la constitucionalidad de la despenalización.
c) La nueva ley orgánica y su no impugnación.
2. Del Sistema de Indicaciones al Sistema de Plazos: la ley orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo:
a) La evolución del aborto en España bajo la ley de 1985.
b) Los argumentos para la reforma y el contexto de la nueva regulación.
c) La nueva regulación.
3. Un debate abierto:
a) Las dudas sobre la constitucionalidad de la ley.
b) La fallida reforma de la ley.
4. La desprotección del embrión en las leyes sobre fecundación in vitro y sobre el uso de tejidos y órganos embrionarios y las sstc 212/1996 y 116/1999:
a) Las leyes 35/1988, sobre técnicas de reproducción asistida y 42/1988, de donación y utilización de embriones y fetos humanos o de sus células, tejidos u órganos.
b) Negación del derecho a la vida del embrión y consecuencias de su consideración como bien jurídico constitucionalmente protegido: I) el embrión no es titular del derecho a la vida; II) Dos nuevas categorías — preembriones y embriones no viables— y su relevancia jurídica; III) los embriones sobrantes; IV) la ausencia de tutela penal; v) un concepto débil de dignidad.
5. La evolución legislativa.
6. Un modelo de (des)protección gradualista de la vida en formación.
En el momento en que entró en vigor la Constitución de 1978 el aborto era en España, como en tantos otros países, un delito. El nuevo texto constitucional incluyó un completo catálogo de derechos entre los que ocupa un lugar preeminente el derecho a la vida (art. 15 CE), sin que contenga ningún pronunciamiento expreso sobre el estatus del nasciturus. No obstante, ya durante los debates de la Constitución estuvo presente la cuestión del aborto al discutirse cuál debía ser la expresión para designar los sujetos del derecho a la vida. El Anteproyecto de Constitución establecía que «todos tienen derecho a la vida y a la integridad física»; sin embargo, como consecuencia de una enmienda, la redacción fue sustituida por «el derecho de la persona a la vida y a la integridad física y moral son inviolables».