La Fiscalí­a del Supremo francés pide reconocer al feto como persona(25-jun-2001)

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La Fiscalí­a del Supremo francés pide reconocer al feto como persona El caso de un no nacido que murió ví­ctima de un accidente de tráficoPARIS, 25 junio 2001 (ZENIT.org).- La Fiscalí­a del Tribunal Supremo de Francia ha afirmado que un feto es jurí­dicamente una vida que debe ser protegida contra los …

La Fiscalí­a del Supremo francés pide reconocer al feto como persona

El caso de un no nacido que murió ví­ctima de un accidente de tráfico

PARIS, 25 junio 2001 (ZENIT.org).- La Fiscalí­a del Tribunal Supremo de Francia ha afirmado que un feto es jurí­dicamente una vida que debe ser protegida contra los delitos desde su concepción y ha pedido a ese órgano judicial un dictamen en ese sentido, en un caso que puede sentar precedente.

«El feto tiene una vida biológica propia y, desde su concepción, los médicos lo consideran un paciente», subrayó la Fiscalí­a y se ha preguntado si «la muerte de un niño que va a nacer es un “no hecho”».

El próximo dí­a 29, el Tribunal Supremo decidirá si un conductor ebrio que en 1995 provocó un accidente de tráfico en el departamento de Moselle (nordeste de Francia) es culpable del homicidio involuntario de un feto.

En el automóvil contra el que chocó iba una mujer embarazada de seis meses y, a causa del accidente, el feto sufrió graves lesiones, por lo que los médicos sometieron a la mujer a un parto prematuro, pero el bebé nació muerto.

Según el informe médico, «el niño no ha vivido debido a las importantes lesiones cerebrales sufridas, que guardan relación directa con el accidente en el que su madre se vio involucrada».

En 1997, el Tribunal Correccional de Metz (nordeste) condenó al acusado por homicidio involuntario. Sin embargo, un año después, en apelación, la corte anuló esta sentencia, al considerar que «el niño nacido muerto no es una “persona” protegida por la ley penal porque para que haya “persona’ es necesario que haya un ser vivo, es decir venido al mundo, y en este caso el niño no respiró y su corazón no latió».

Ante esta decisión, el fiscal general de Metz elevó el caso al Tribunal Supremo, bajo el argumento de que «provocar la muerte de un bebé que va a nacer es un homicidio involuntario siempre que el feto sea viable en el momento del accidente. Poco importa que, tras su nacimiento, el niño no respire o su corazón no lata».

El abogado de los padres ha pedido que el Tribunal Supremo proteja, no a los niños concebidos, sino a los fetos que eran viables pero nacieron muertos por causas ajenas al embarazo.

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