La pujanza de la Cuarta Revolución industrial gracias al desarrollo de las tecnologías NBIC (Nanotecnología-Biotecnología-Infotecnología-Cognotecnología) es imparable, pero sus logros tecnológicos se han convertido en un arma de doble filo.
El potencial de las NBCI para mejorar el bienestar del ser humano es innegable, pero va aparejado a riesgos inquietantes.
Por una parte, estas nuevas tecnologías ofrecen infinidad de posibilidades para el tratamiento de enfermedades neurológicas y mentales, tales como:
- El Alzheimer.
- El Parkinson.
- La esquizofrenia.
En este punto, se enmarca el proyecto BRAIN (“Brain Research through Advancing Innovative Neurotechnologies”), iniciativa liderada por el neurobiólogo español Rafael Yuste e iniciada en el año 2013 por el presidente estadounidense Barack Obama.
Este proyecto está destinado a cartografiar las comunicaciones neuronales en tres dimensiones para poder comprender el funcionamiento del cerebro humano y, así, poder tratar y prevenir este tipo de enfermedades. Según Yuste, el proyecto BRAIN podría ayudar también a tratar lesiones traumáticas mediante el diseño de prótesis que vinculen el cerebro a Internet (interfaces cerebro-ordenador).
Por otra parte, tal como apuntan los propios investigadores del proyecto BRAIN, el hecho de desentrañar los secretos del cerebro humano puede conllevar elevados riesgos para la integridad y privacidad del ser humano. De hecho, consideran necesario incluir los denominados “Neuroderechos” en la Declaración Universal Derechos Humanos de Naciones Unidas (1948), con el fin de evitar posibles efectos “colaterales” de estas tecnologías. Un buen ejemplo de ello sería la manipulación de la mente con técnicas comerciales como el “Neuromarketing” en el ámbito de la mercadotecnia, que sirve para analizar los niveles de emoción, atención y memoria provocados por estímulos de marketing y publicidad. Es posible suponer fácilmente que, en esta misma línea, se avecinan escenarios mucho más graves, como el control de la mente con objetivos políticos, sociales o económicos, que exigen una solución no solo legal, sino ética.
Los principales problemas que los Neuroderechos podrían resolver están relacionados con la privacidad mental, la identidad y el libre albedrío. Actualmente, existen leyes que protegen los datos personales (exactitud, confidencialidad, consentimiento y tratamiento de datos) y digitales. No obstante, la legislación no prevé la protección de los datos y derechos “mentales”. La inclusión de estos derechos en la Declaración Universal de Derechos Humanos sería un paso en la dirección correcta, pero resultaría insuficiente al no ser un tratado vinculante para los Estados. En el 2021, Chile se convirtió en el primer país en proceso de proteger los neuroderechos, incorporándolos a su Constitución.
En este sentido, se han pronunciado expertos en la filosofía y el derecho como Marcelo Ienca y Roberto Andorno que advierten de los peligros derivados del acceso, la recopilación y la manipulación de la información procedente del cerebro humano.
La ciencia también alertó de ello en un artículo publicado en el año 2017 en la revista Nature, donde se destacaban cuatro cuestiones básicas:
- Privacidad y consentimiento: Los dispositivos neuronales conectados a Internet proporcionan gran cantidad de datos que pueden ser objeto de hackeos informáticos y caer en manos de compañías aseguradoras, generando discriminación genética. Para evitarlo, es necesario preservar la privacidad digital y dar el consentimiento “informado” a que se utilicen estos datos neuronales. Este punto estaría íntimamente relacionado con el principio bioético de la “autonomía”, que permite tomar decisiones libremente y sin interferencias externas en aquellas cuestiones que afectan directamente a la persona.
- Identidad: Las personas que reciben estimulación cerebral con electrodos implantados en el cerebro han manifestado que su identidad ha cambiado. Este punto también estaría relacionado con el principio de “autonomía”, ya que la tecnología podría alterar la capacidad autónoma de tomar decisiones al modificar la identidad.
- Mejora humana: La presión para acceder a tecnologías de mejora humana económicamente inasumibles para gran parte de la población puede exacerbar las desigualdades y la injusticia social ya existentes. Este punto estaría relacionado con los principios bioéticos de “beneficencia” entendida como la obligación moral de beneficiar a otros, y de “no maleficencia” entendida como la obligación de no dañar. La mejora humana ostenta efectivamente esta ambivalencia: puede dañar tanto como beneficiar.
- Sesgos: Los algoritmos tienen sesgos discriminatorios que conllevan que determinados grupos sociales ostentan privilegios, mientras otros no. La dimensión ética de los algoritmos es un factor que debe tenerse en cuenta y que está directamente relacionado con el principio de “justicia” entendido como la obligación de tratar a todas las personas con igual respeto y consideración. Algo que la Inteligencia Artificial no parece estar haciendo.
El advenimiento de esta distopía neurocientífica que emula (y supera) las anunciadas por Aldous Huxley y George Orwell en el siglo pasado obliga a establecer unas nuevas bases de protección de lo más propiamente humano: el cerebro. No en vano, el neurocientífico Antonio Damasio recuerda que los sentimientos y emociones están íntimamente ligados al bienestar físico y psicológico. Los sentimientos han sido los grandes olvidados en la evolución de la especie humana, aunque el peso específico que tienen en la toma de decisiones sea fundamental.
El control y la manipulación de las mentes que augura la Cuarta Revolución Industrial es un peligro no solo para la privacidad humana, sino para la propia realidad ontológica. Todos los dispositivos y aparatos que puedan interactuar con el cerebro humano en un futuro nunca podrán sustituir la herencia personal y sentimental que conforma la propia identidad. Las decisiones legales, (bio)éticas y científicas que se tomen ahora determinarán que puedan conservar este legado humano y “sentimental”.