El pasado mes de diciembre, el director del Instituto Catalán de Oncología (ICO), Ramón Salazar, se vio obligado a dimitir por los pagos recibidos de la industria farmacéutica que no declaró al gobierno de la Generalitat.
Salazar recibió la nada desdeñable cifra de 14000 euros de hasta siete laboratorios distintos en el año 2022, fecha en la que asumió el cargo de director. Su vinculación con la industria farmacéutica se remontaba a su época como oncólogo, hecho que estaba permitido. Sin embargo, esta colaboración continuó durante su etapa como dirección del instituto, hecho totalmente prohibido.
El Colegio de Médicos de Cataluña exigió explícitamente al departamento de sanidad la dimisión inmediata de Salazar al descubrirse el caso, así como el estricto cumplimiento de las leyes de transparencia e incompatibilidad por parte de altos cargos de la Generalitat.
Las implicaciones éticas y médicas de este caso para la sanidad pública son de extrema gravedad. No solo existe un conflicto de interés manifiesto entre el cargo de Salazar y el pago de la industria farmacéutica, sino una evidente falta de transparencia que perjudica directamente la imagen de la sanidad pública catalana.
Este caso ha salpicado también a otros miembros del ICO como la doctora Anna Sureda, hematóloga de dicha institución, que se embolsó la cifra de alrededor de 78000 euros de 14 farmacéuticas en el año 2022. Las investigaciones llevadas a cabo confirman que algunos medicamentos que recibían pacientes de cáncer procedían de las farmacéuticas que habían realizado pagos a dicha hematóloga en concepto de “prestación de servicios”.
No es la primera vez que se acusa de relación “inapropiada” a médicos e industria farmacéutica. Es una práctica, lamentablemente, bastante habitual que debería ser regulada de manera más estricta, pero que pasa en muchas ocasiones desapercibida con las consiguientes implicaciones éticas.
Otro ejemplo de esta relación inapropiada médico-farmacéutica es el del laboratorio estadounidense Shire que pagó una multa de 350 millones de dólares para solventar un caso de sobornos a médicos. La finalidad de los mismos era, por supuesto, inducir a los médicos a recomendar un fármaco denominado Dermagraft, que consistía en piel humana elaborada por bioingenería para el tratamiento de úlceras de pie diabético.
Los sobornos no solo incluían pagos en metálico como en el ICO, sino cenas lujosas, viajes y entretenimiento, así como material médico. La justicia estadounidense también acusó al laboratorio de utilizar Dermagraft para usos no aprobados (denominado, uso off-label) por la agencia reguladora estadounidense (FDA).
La cuestión de usos terapéuticos no autorizados de los fármacos entronca directamente con un artículo publicado en bioeticaweb con el título “Problemática de los medicamentos empleados fuera de la ficha técnica (uso off-label). En dicho artículo, se explicita que, aunque el uso “off-label” no está prohibido ni es ilegal, existen excepciones. La realidad es que tal como afirma el artículo “el médico siempre debe perseguir el mayor beneficio para su paciente, intentando provocar el mínimo perjuicio posible a la hora de prescribirle un fármaco”.
Este afirmación estaría en línea con el principio bioético de beneficencia, es decir, con la obligación de prevenir o aliviar el daño al paciente. La práctica clínica se rige por la norma de prescribir fármacos para sus indicaciones habituales. De hecho, la prescripción de fármacos para un uso no autorizado coloca al médico en una posición delicada, ya que no se ha realizado el proceso de autorización ni los ensayos clínicos necesarios.
Sin embargo, la falta de fármacos para el tratamiento de determinadas afecciones impulsa a los médicos a aplicar algunos fármacos para indicaciones no autorizadas con el ánimo de remediar problemas de salud que no disponen de opciones terapéuticas (especialmente en el sector pediátrico y en otros grupos vulnerables como enfermos de UCI o pacientes con enfermedades raras). La realidad es que los pacientes dependen directamente de los fármacos para poder recuperar o mantener un estado de salud óptimo, independientemente de que sean usos autorizados o no.
Los casos del ICO en España y del laboratorio Shire en Estados unidos ponen de manifiesto las distintas herramientas de las que dispone la industria farmacéutica para ejercer su influencia. De hecho, su poder se manifiesta en el establecimiento de los precios de los fármacos patentados, en algunos casos, demasiado elevados incluso para los sistemas sanitarios estatales.
La consecuencia directa del poder de la industria farmacéutica es la Bioprecariedad, es decir, la dificultad de acceder a productos patentados por sus elevados precios o incluso no disponer de ningún fármaco por no ser una “enfermedad rentable”. Los pagos a médicos, ejecutivos o empresas son otro modo más de aumentar los efectos de la bioprecariedad y de menguar el respeto a los principios bioéticos que asisten a los pacientes, entre ellos, el de beneficencia y autonomía.
El hecho de prescribir un fármaco en lugar de otro por influencia de la industria o de tener que utilizar un “uso no autorizado” de un fármaco son consecuencia directa de comportamientos pocos éticos de la industria farmacéutica.
Sin duda, no es posible sobrevivir ni avanzar en la calidad de vida de las personas sin la preciada aportación científica que ofrecen las farmacéuticas. Asimismo, es justo y necesario que obtengan beneficios de sus inversiones en I + D.
La cuestión ética que subyace a los comportamientos presentados es la vulneración de los cuatro principios bioéticos:
- Autonomía, ya que el paciente no está informado del tipo de fármaco que se le prescribe ni del motivo.
- Beneficencia, no siempre los médicos/industria están actuando para proteger al paciente al prescribir un determinado fármaco.
- No maleficencia, en algunos casos, es incluso posible que la prescripción o no prescripción de un fármaco pueda perjudicar al paciente.
- Justicia, los recursos de salud disponibles no están siendo distribuidos de manera equitativa y justa para todos, dado que se están siguiendo intereses espurios en dicha distribución.
La pandemia del COVID-19 puso de manifiesto que los avances y la innovación de la industria farmacéutica son cruciales para atajar problemas de salud global. No obstante, el derecho a la salud debería prevalecer siempre por encima del derecho a la propiedad. Parece que encontrar un equilibrio entre ambos es un objetivo que todavía no se ha conseguido alcanzar.
Los comportamientos poco éticos relatados en el presente artículo deberían invitar a la reflexión a todos las partes implicadas: médicos, pacientes, industria farmacéutica, gobiernos, entre otros.
El objetivo ético de esta reflexión sería convertir a la industria farmacéutica en una empresa científicamente avanzada y moralmente aceptable con el fin de invertir y fomentar la investigación y el uso de fármacos para todo tipo de enfermedades y no solo para las más rentables. De esta manera, quizás sería posible amortiguar los efectos de la bioprecariedad a nivel global.
Publicada por Sonia Jimeno | 19 de enero de 2024 | Usos no éticos de los fármacos