En el artículo 16 de la ley orgánica 3/2021 de regulación de la Eutanasia se regula también la objeción de conciencia. Por ser un tema de extraordinaria complejidad y necesidad de clarificación, este Comité de Bioética de Andalucía ha considerado oportuno elaborar este documento.
Va dirigido principalmente a quienes ejercen las profesiones sanitarias del sistema sanitario público de Andalucía y de los centros privados, a las personas que ejercen cargos intermedios y al personal directivo de la consejería de salud y familias.
El principal objetivo es ayudar a tomar decisiones cuando la objeción de conciencia se ejerce en un contexto eutanásico, clarificando además qué es la objeción de conciencia, le ética en que se sostiene y el marco jurídico que la garantiza.
Mediante este documento el Comité no entra a valorar la ley en su conjunto. Solo abordamos una parte muy concreta, la objeción de conciencia, para facilitar su comprensión alcance y realización.
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