Casi paralelamente, el Reino Unido y España estudian en los tribunales temas que, aunque distintos, están éticamente muy próximos en el campo de la Reproducción Asistida. Mientras en España se debate por estos días la conveniencia o no de un reglamento para regular la fecundación in vitro a partir de …
Casi paralelamente, el Reino Unido y España estudian en los tribunales temas que, aunque distintos, están éticamente muy próximos en el campo de la Reproducción Asistida. Mientras en España se debate por estos días la conveniencia o no de un reglamento para regular la fecundación in vitro a partir de óvulos congelados, en Inglaterra se discute el conflicto creado por dos parejas (separadas) que discrepan en el futuro de sus embriones, congelados hace años.
Natalie E. y Lorraine H. han apelado estos días a los tribunales para “˜salvar”™ a sus embriones congelados de la destrucción, casi inminente, a la que están condenados. Según la legislación vigente en el Reino Unido, basta la voluntad de uno de los progenitores en retirar su consentimiento, para que los embriones no puedan jamás ser implantados. Natalie y Lorraine, una vez acabadas las relaciones con sus respectivos cónyuges, han decidido sin embargo luchar por la vida de sus embriones, oponiéndose a la voluntad de sus antiguos compañeros.
Congelar Embriones, No es Garantía de Descendencia
El caso presentado por Natalie Evans considera el destino de seis embriones congelados y “˜creados”™ hace unos años a partir de sus óvulos y el esperma de su ““ por entonces ““ compañero HJ. Natalie, posteriormente diagnosticada de cáncer de ovario, se sometió a una ooforectomía y quedó infértil. A la espera de un momento clínicamente favorable para la implantación de sus embriones, terminó su relación con HJ. Los embriones congelados en su día son ahora la única posibilidad de Natalie para ser madre de sus propios hijos (genéticamente suyos), pero la oposición de su antiguo compañero, y la ley británica, no comparten su ilusión de ser madre.
Lorraine Hadley, de 37 años, vive una situación similar. Con otros dos embriones congelados, tampoco tiene posibilidad alguna de lograr su implantación, a menos que su ex-esposo retire el veto a su consentimiento, expreso tras la ruptura de sus relaciones.
Las dos parejas, por lo tanto, retan a la actual legislación británica en Reproducción Asistida, y cuestionan la legitimidad moral de sus normas, fundamentadas en la excelencia, y casi en la exclusividad, del valor del consentimiento mutuo de los progenitores. Inmediatamente surgen algunas preguntas: ¿comparten los embriones congelados su destino con el de la pareja?; ¿nada nos obliga a proteger de algún modo el futuro de estos embriones?; ¿está la Reproducción Asistida al servicio o al servilismo de ‘la pareja moderna’?
La intervención de la Ley en la protección de derechos
La Ley británica de Embriología y Fertilización Humana de 1990 (HFEA) contempla la paternidad de embriones congelados bajo una estricta regulación: debe haber consentimiento explícito de ambos progenitores, así para el uso de los embriones como para continuar su conservación. Con ello se trata de garantizar tanto el derecho de los progenitores a decidir (individualmente) por su paternidad, como el de los hijos por contar con el compromiso explícito y la protección de sus padres. Los casos presentados por Natalie y Lorraine impugnan sin embargo la relativa objetividad de la legislación, y acaso la dificultad de legislar con absoluta “claridad de conciencia” en Reproducción Asistida.
Aunque las circunstancias presentadas por Natalie y Lorraine a favor de salvar la vida de sus embriones congelados puede justamente sensibilizar a la opinión pública, es difícil creer que los tribunales británicos puedan ceder mayor derecho de decisión a uno de los progenitores que al otro. Sin embargo, no se trata de resolver simplemente a favor de uno y en perjuicio de otro, sino de reconocer el derecho (de uno de los progenitores) a revocar el consentimiento otorgado con anterioridad. Estos son los términos en que se rige la Ley británica, y las recomendaciones que, por ejemplo, a nivel internacional podemos encontrar en el artículo 5 del Instrumento de Ratificación del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos respecto a la aplicación de la Biología y la Medicina (Oviedo, 1997).
Natalie y Lorraine, supuestamente privadas del deseo de ser madres ““ si se procede según los dictámenes de la HFEA ““ y muy a pesar de las enormes posibilidades que brinda la Reproducción Asistida moderna, argumentan sin embargo ser víctimas de la violación de su derecho a una vida de familia. Si acaso se reconociera este derecho, cabría argumentar, en su momento, también el derecho de los padres que en una situación similar requirieran una madre de alquiler para implantar embriones congelados cuyas madres se negaran a darles vida. Quizá tendríamos motivos para discutir si se puede hablar de prioridades en derechos que entran en conflicto en materia de Reproducción Asistida. O tal vez estaríamos a punto de convencernos que es hora de discutir si los embriones congelados merecen de nosotros mayor respeto.
Resulta difícil creer que el destino de embriones congelados en el seno de una “familia separada” se convierte en un recurso de custodia. Los argumentos de una y otra parte parecen legítimos y a la vez insuficientes. Pero tal vez porque en verdad nos queda librar “la batalla por la vida” que un día se soñó crear en el seno de la pareja, la vida de alguien a quien aún no se le reconocen derechos legales, pero que ya hace latir al menos el corazón de una o dos madres infértiles. ¿No era ése el sueño de la Medicina Moderna cuando se alegró de sus primeros éxitos en Fertilización Asistida?
Publicado en MEDSCAPE.ELMUNDO.ES