El derecho a la identidad personal (Dra. Vilá-Coro)

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keywords: genoma humano, derechos humanos, persona, identidad personal, unesco, familia, reproducción humana La presente comunicación tiene por objeto el estudio del derecho a la identidad personal. Un nuevo derecho que se configura en el marco jurí­dico, derivado de los recientes progresos de las ciencias biomédicas. Los prodigiosos avances de la biologí­a …


keywords: genoma humano, derechos humanos, persona, identidad personal, unesco, familia, reproducción humana


 

La presente comunicación tiene por objeto el estudio del derecho a la identidad personal. Un nuevo derecho que se configura en el marco jurí­dico, derivado de los recientes progresos de las ciencias biomédicas.

Los prodigiosos avances de la biologí­a molecular y de la genética, en el conocimiento del mecanismo de la vida, ofrecen unas perspectivas espectaculares, próximas a la ciencia-ficción . Por una parte alientan esperanzas encaminadas a paliar el dolor, y por otra, abren una serie de interrogantes respecto a su utilización, ya que ahora el hombre puede transformar su propia especie.

Consciente del peligro que se cierne sobre el presente y futuro de la Humanidad, el Director General de UNESCO, D. Federico Mayor Zaragoza, ha creado un Comité Internacional de Bioética -CIB-, que deberá elaborar un Instrumento Internacional para la protección del genoma humano. La UNESCO, al asumir su responsabilidad en materia de educación, formación e información, favorece la toma de conciencia de la sociedad ante los retos de la genética y la anima a participar en este amplio debate.

El CIB está constituido por una serie de personalidades del mundo cientí­fico, jurí­dico y cultural que acaba de celebrar su Segunda Sesión los dí­as 20 a 22 de septiembre pasado, en Parí­s, en la que he tenido el honor de participar como experta en bioética. Hasta ahora, ha dedicado preferentemente la reflexión ética a aspectos cientí­ficos tales como diagnóstico y test genético, despistaje y terapia génica, utilización de organismos genéticos modificados, experimentación en seres humanos, … El CIB ha redactado un Proyecto de Declaración sobre la Protección del Genoma Humano, en el cual se proclama el genoma humano como patrimonio común de la especie humana. Sobre los apartados 3 y 4 del citado Proyecto quiero llamar la atención de Vds. y centrar el tema de nuestro estudio.

3º) Cada ser humano tiene una identidad genética que es única, pero el individuo no se puede reducir a sus caracterí­sticas genéticas y tiene derecho al respeto a su dignidad, independientemente de sus caracterí­sticas.

4º) El genoma de cada ser humano es por naturaleza evolutivo y sujeto a mutaciones que pueden afectar al individuo y a sus descendientes. Las potenciales contenidas en el genoma humanos e expresan de forma diferente según el ambiente, la educación, las condiciones de vida y el estado de salud de cada individuo (1).

Con estas manifestaciones me pregunto si queda suficientemente definida la identidad personal, y si queda lo bastante protegido el derecho a la identidad personal. Conviene dilucidar el significado de estos conceptos desde una perspectiva jurí­dica para determinar y ampliar el ámbito de su defensa y la garantí­a de su ejercicio. Vamos antes a realizar una breve incursión por los dominios de la Ciencia, en los aspectos que más puedan interesar al Derecho.

La genética es la ciencia de la herencia, que estudia la transmisión de los caracteres fí­sicos y funcionales de los antepasados a los descendientes. El botánico austrí­aco Gregor Johann Mendel en 1.865, investigando sobre los guisantes descubrió las leyes de transmisión de los caracteres hereditarios. En 1.953, Francis Crick y James Watson descubren la estructura quí­mica en doble hélice del ácido desoxyrribonucleico (ADN) que marcó el verdadero nacimiento de la genética. A partir de los años 70 las nuevas técnicas permiten penetrar cada vez más en el misterio de cerca de 100.000 genes portadores de las caracterí­sticas de la especie humana y de la herencia de cada uno de los individuos. Los genes son responsables de las funciones de nuestro organismo y, por desgracia, también a veces, de las disfunciones y enfermedades genéticas.

El genoma humano es el conjunto de genes que contienen nuestra herencia. Para el funcionamiento del ser humano se requiere el concurso de 100.000 genes. La misión de los genes es dar las órdenes oportunas para la fabricación de las proteí­nas que nos permiten respirar, andar, movernos y realizar todas las funciones que requiere nuestro organismo. Cualquier alteración adquirida o heredada, de uno o varios genes, entraña la producción anormal de alguna proteí­na y, en consecuencia, una enfermedad. Se están localizando, alrededor de unos 4.000 genes en el mapa genético como responsables de enfermedades hereditarias. Al conocer el papel que desempeñan los genes en las células humanas, surge la terapia génica, método revolucionario que permite concebir esperanzas de curación de muchas enfermedades.

Las enfermedades genéticas más frecuentes se deben a la alteración de un solo gen: se dice que son monogénicas. La terapia génica pretende remediar los desórdenes celulares, insertando en la célula un gen sano como auxiliar del enfermo, para paliar sus efectos nocivos o reemplazando un gen nocivo por uno sano. Cuando el gen se identifica, se puede encontrar en las células antes del nacimiento del niño e incluso durante el embarazo. Si los futuros padres se someten a un test, llamado despistaje genético, se puede detectar el gen de la enfermedad en ambos miembros de la pareja. Por medio del despistaje prenupcial se erradican enfermedades, endémicas en ciertas áreas. Esto ha sucedido en Chipre, al descubrirse el gen de la talasemia, grave enfermedad hereditaria de la sangre.

 

Caracterí­sticas del genoma humano

El genoma humano no se limita a los genes que transmiten la herencia de las generaciones pasadas. El “habitat” prenatal y posterior al nacimiento afecta a la configuración del genoma. ¿Se manipula el genoma si se implanta un embrión humano en el útero de una mona? ¿Y si se implanta en un varón? ¿Se modifica el genoma si se lleva a término un embarazo “in vitro” en el laboratorio? ¿qué sucede al de los niños que fueron adoptados por lobos? …

Los genes son quienes dan las órdenes a la unidad psicosomática que es el hombre. Son los responsables del programa vital del individuo, pero no son los únicos responsables. El DNA “per se” es incapaz de sintetizar una proteí­na, es incapaz de expresarse. El DNA sólo en un tubo de ensayo, no produce proteí­nas. Para que se dé dicha sí­ntesis se requiere una “ambiente” adecuado. se precisan otros factores y una compleja maquinaria que haga posible el proceso. El ambiente en que se desarrolla la persona tiene también carácter constitutivo. No se puede olvidar: 1º) Que de los más de cien mil genes que poseemos, únicamente se manifiestan aquellos que gozan de un ambiente propicio que atempera y modifica su actividad. 2º) Que el desarrollo de la personalidad, no consiste sólo en la puesta en funcionamiento de un programa, porque el programa se configura en una

dinámica de intercambio de estí­mulos y respuestas, entre el factor de disposición hereditaria y los factores epigenéticos del entorno.

A nuestro patrimonio genético, a diferencia del animal, no le basta para su manifestación y expresión un ambiente natural. Requiere además un entorno cultural y emocional propicio para que se desarrolle normalmente la estructura psicológica. El habitat humano no se limita a factores biológicos: no puede reducirse a la biologí­a. Son elementos psicológicos, sociológicos y emocionales los que crean el clima conveniente donde el ser humano se constituye. La adecuación o isomorfismo entre el entorno y la estructura interna se logra en el ambiente familiar adecuado. Al ambiente, que actúa a modo de caldo de cultivo, compete que se expresen unos genes u otros, la constitución de la denominada por Rof Carballo “urdimbre constitutiva” y la manifestación definitiva del genoma.

 

¿Qué es la identidad personal?

Entendemos por identidad la calidad de idéntico. La persistencia del ser en su unidad a través de sus múltiples cambios y determinaciones. Tal es, la identidad personal: “individualmente nada es otro, el ser es sólo idéntico a sí­ mismo”. Para Ferrater Mora “la identidad en cuanto a mismidad alude más bien a la permanencia de la sustancia a través de todos sus cambios; hay entonces una identidad que es continuidad”(2). La manipulación del código genético o la modificación del habitat, si consiste en un cambio sustancial afecta a la identidad personal. Produce una intromisión en el proceso evolutivo propio de cada individuo.

 

El derecho a la identidad personal

El derecho a la identidad personal se desdobla en derecho a la propia herencia genética y derecho al habitat natural que como ser humano le es propio (3). Todo individuo tiene derecho a su identidad personal, que es el núcleo o esencia especí­fica de lo humano. La identidad de un individuo la constituye el genoma en diálogo con el ambiente, porque son los estí­mulos y respuestas del habitat quienes descifran el mensaje genético. La biologí­a, proporciona las estructuras que interactúan recí­procamente con el mundo cultural. í‰ste transmite por instrucciones y aprendizaje, no sólo formas de vida, sino también los elementos que descodifican el mensaje genético.

 

¿Cuál es el habitat propiamente humano?

El ser humano nace con un grado de inmadurez y dependencia de sus progenitores, no comparable a ninguna otra especie. Su sensibilidad al medio es muy acusada y las respuestas y posibilidades de variación son diversas. La estructura exterior que precisa para ser acogido convenientemente es universal. Consta de tres elementos: una figura parental masculina, otra femenina, y el sujeto que se encuentra entre las dos para que su código pueda realizarse. Los tres elementos forman el triángulo edí­pico, que es un biosistema que genera una energí­a que potencia la capacidad de cada uno de sus miembros. Ya antes del nacimiento los padres configuran el bebé imaginario que alientan con su entusiasmo e ilusión. El padre con su amor y apoyo a la madre, transmite al hijo vibraciones de bienvenida. Ambos le proporcionan estí­mulos positivos de acogida y afecto.

El niño, después del nacimiento, emprende el proceso de organización de su identidad en el ámbito de amor y comprensión creado por sus padres. La presencia femenina y masculina son insustituibles como referencias de su ego. El ego es el centro organizador de su conciencia que impulsa el desarrollo de su personalidad en un clima de equilibrio y armoní­a. Sus padres le transmiten en forma de pautas de conducta positivas, los problemas y tensiones que han resuelto en su propia biografí­a. Le transmiten también disfuncionalmente las secuencias negativas de los que no han podido resolver.

 

Modificación del hábitat natural

Si el entorno familiar se desví­a sensiblemente de lo que se considera un clima familiar adecuado, la estructura potencialmente normal del código genético verá frustrada su expresión. La clí­nica ha demostrado las graves anomalí­as que ocasionan en el desarrollo de la persona tales perturbaciones: interrupción del crecimiento, enfermedades somáticas, neurosis, psicosis, drogodependencias, delincuencia, … que aparecen en mayor medida si coinciden con una cierta predisposición.

Desde Freud (4) se ha descrito la patologí­a conocida con el nombre de personalidad doble o personalidad múltiple. Comienza en la primera infancia y persiste en forma más o menos ininterrumpida durante toda la vida. Los factores etiológicos que la causan son traumas psí­quicos o fí­sicos intensos, climas de extrema ambivalencia afectiva, y los conflictos y confusiones de las identificaciones; son también elementos instrumentales en el caso de desdoblamiento.

Un ejemplo de la influencia del entorno en la edad adulta, en donde la fuerza del ambiente no es determinante, a diferencia de lo que sucede en las etapas precoces de la existencia, se pudo verificar en EE.UU. En situaciones extremas, ante los mismos horrores de la guerra de Vietnam, los combatientes reaccionaron de modo muy diverso. Unos volvieron a su trabajo y se incorporaron normalmente a sus familias. Otros sin embargo, desarrollaron predisposiciones neuróticas y psicóticas: se divorciaron y se automarginaron socialmente.

En los niños la influencia del ambiente es todaví­a mayor. La perturbación durante la primera infancia de los modelos de identificación tiene tal trascendencia que incide irreversiblemente en el desarrollo normal. Zubiri recuerda “el caso real de aquellos niños abandonados, cuidados por lobos; estos niños, encontrados al cabo de años, no sabí­an hablar, difí­cilmente se les pudo adiestrar a tener una posición ortoestática, etc. Estos ‘otros’, que habí­an determinado con su amparo al niño la impronta de su configuración, hicieron de ellos hombres-lobo. Esto demuestra cómo la forma primaria de los demás en mi vida es una forma real, y que son los demás los que van imprimiendo su impronta y peculiar configuración al niño, a lo humano del niño. Lo primero que se le da al niño no son los otros hombres, sino lo humano de la vida, el sentido humano de la vida”(5). El Nobel Eccles (6), relata el caso dramático de la niña Geni, encerrada en completo aislamiento exterior por su padre neurótico, en un pequeño ático de Los Angeles. No habló con nadie desde los 20 meses hasta los 13 años de edad, en que fue liberada. A pesar de los cuidados de una psicóloga, la privación lingí¼í­stica dañó gravemente su hemisferio izquierdo, suplido escasamente por el hemisferio derecho con reducido rendimiento lingí¼í­stico. Las instrucciones genéticas son la base orgánica del cerebro; “la identidad personal se constituye por la combinación única de factores genéticos y de la información y experiencias sensoriales recibidas del exterior… el cerebro de por sí­, en ausencia de información sensorial previa, no puede crear ideas, palabras o respuestas inteligentes. El simbolismo, que es la base de la vida intelectual y del comportamiento, hay que aprenderlo y no pre-existe dentro del cerebro. Los genes no transmiten ideas ni civilizaciones”(7).

Remontándonos a la etapa que sigue al nacimiento, el carácter constitutivo del habitat adquiere todaví­a mayores proporciones. La relación inadecuada de los padres con el hijo, interfiere el desarrollo psí­quico, e impide el establecimiento correcto de relaciones objetases. En niños con predisposición se provocan respuestas somáticas en forma de enfermedades. Se ha estudiado concretamente el asma en bebés que no tuvieron la suficiente relación e intimidad posnatal con la madre (8).

En la etapa prenatal “la fijación de las últimas fases de las regulaciones del medio interno, neurohormonales, en sentido muy amplio, se efectúan en el ser humano en un ambiente en que los factores psicológicos externos desempeñan un papel fundamental. El nacimiento del psiquismo coincide con el final de la maduración fetal, en un sistema de intercambios del niño con el medio -fundamentalmente con la madre-, en un entramado que acertadamente Rof Carballo ha denominado “urdimbre afectiva”(9).

D.Guido Guerin, Presidente del Instituto Internacional de Estudios de Derechos Humanos, en su Informe presentado ante la UNESCO, enfatiza la necesidad de un mejor conocimiento del hombre y de su habitat. El Instituto ya ha tenido en cuenta la importancia del habitat y que al hombre se le debe considerar como hombre “in situ” y no como ser aislado (10).

Habitat prenatal en otras especies animales.

Este experimento, ya realizado en EE.UU e interrumpido al comienzo de la gestación, consistió en implantar un embrión humano en un babuino -especie de mono-(11). La perniciosa influencia que puede tener en el ser humano esa estrecha interrelación con un animal de otra especie, se adivina al recordar, salvadas las distancias, la polémica que han suscitado las llamadas madres de alquiler. Se ha dicho de ellas “que no sabemos lo suficiente para prever todas las implicaciones y diferencias que se derivan de la contribución de la madre subrogada, pero sabemos lo bastante como para estar seguros de su contribución…(12). En el seno de la madre de alquiler el embrión tampoco está en su hábitat.

 

Embarazo del varón

Según los cientí­ficos el embarazo del varón es técnicamente posible. Un embrión fecundado “in vitro” implantado en la cavidad abdominal del individuo, podrí­a desarrollarse suministrándole un complemento hormonal conveniente (13).

Afirma Testart, “padre cientí­fico” del primer bebé probeta francés que “El embarazo masculino es algo más que un fantasma. Dos nociones fisiológicas demuestran su viabilidad. En principio, el embrión humano puede desarrollarse y llegar a término en la cavidad abdominal, y así­ -por medio de cesárea- han nacido niños. Además la regulación hormonal puede estar provista desde fuera en ausencia de ovarios, gracias a inyecciones hormonales apropiadas”(14).

Es un hecho que el sí­stema endocrino del varón y de la hembra difieren ampliamente. Para que le fuera posible llevar a término el embarazo habrí­a que transformar su organismo actuando en contra de su propia naturaleza.

 

Gestación “in vitro”

Afirman los cientí­ficos que en un futuro próximo se podrá sintetizar en el laboratorio la bioquí­mica placentaria.” Es difí­cil imaginar a unos seres concebidos y gestados en un crisol, que a modo de matriz artificial llevara a término el embarazo. Esos niños que nacerí­an sin haber recibido estí­mulos afectivos y emocionales, ¿serí­an verdaderamente humanos?. Tendrí­an 46 cromosomas y su DNA, las secuencias caracterí­sticas de la especie humana. Pero, las diferencias entre el hombre gestado en su propio hábitat y el gestado “ex-máquina” serí­an abismales.

Estas situaciones extremas a las que se verí­a sometido el genoma, afectarí­an al patrimonio común de la especie humana; porque el hombre no se reduce a sus caracterí­sticas genéticas.

 

Terapia génica

La terapia génica, como ya se ha indicado, trata de modificar los genes causantes de enfermedades hereditarias (16). La terapia supone manipulación del genoma, incide en la identidad personal. El peligro es que haya manipulación sin terapia, como sucede al elegir caracteres genéticos seleccionados, para lograr individuos mejor dotados fí­sica o intelectualmente.

La modificación con fines terapeúticos de las células somáticas no tiene consecuencias en la descendencia, sin embargo, manipular las células sexuales significa alterar la herencia genética. Se “fabricarí­a” otra especie humana. El genoma humano ha de ser inviolable (17). Según Severo Ochoa desde el punto de vista médico la ingenierí­a genética tiene por objeto reemplazar en el ser humano genes defectuosos: la información genética de un organismo cambiará con la manipulación del material genético (18).

Como dice Ruiz Vadillo, el derecho no puede permitir “que se desborden en la investigación aquellos principios que constituyen la defensa del derecho a la identidad genética, a que cada persona pueda ser lo que corresponde a su estructura genética”(19). El Consejo de Europa de 1982 recomendó la inclusión en el Catálogo de Derechos Humanos de la intangibilidad de la herencia genética frente a intervenciones artificiales (20).

El óvulo y espermatozoide pertenecen a la especie. El hombre los recibe como un momento de concreción de la vida humana en su transcurso sobre la Tierra. No se debe, por tanto, alterar, aunque sea terapeúticamente las células germinales por sus consecuencias en los descendientes. Entre otras razones, porque la ciencia modifica constantemente sus postulados. No se conocen todas las funciones de los genes: de los que hoy consideramos nocivos, pueden descubrirse en el futuro otras funciones, y descubrirse también otras formas de curar la dolencia que se atribuí­a al gen.

 

CONCLUSION

Las Academias de Jurisprudencia Hispanoamericanas comparten una tradición común a la nuestra. Los mismos valores y principios fundamentan e inspiran nuestros ordenamientos jurí­dicos. De la tradición griega y romana, hemos heredado el sentido del logos como razón universal de orden y coherencia, y la prudencia o sofrosine, virtud que se caracteriza por la adecuada y cautelosa reflexión, que debe ser previa a cualquier decisión normativa. A nosotros, juristas, compete profundizar el ámbito de la realidad que protege y garantiza el ejercicio de los derechos, en el respeto a la dignidad del hombre como fin en si mismo y nunca como medio para otros fines, según la máxima kantiana.

La Sociedad Española de Biojurí­dica y Bioética, bajo la tutela de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación Asturiana, está a la disposición de Vds. para colaborar en la formulación y desarrollo de este nuevo derecho que afecta a la propia esencia del hombre y a los caracteres constitutivos de la Humanidad como especie: el derecho a la identidad personal. El protocolo de cooperación entre las distintas Academias Hispanoamericanas y Españolas de Legislación, puede ser el instrumento adecuado para su estudio.

Los trabajos, ideas, propuestas o sugerencias de Vds.,servirán para redactar, conjuntamente, los puntos 2 y 3 del citado Proyecto de UNESCO, en el sentido de ampliar la protección del genoma humano. Especialmente en cuanto se refiere al hábitat natural que al hombre le es propio, sobre todo, en las primerí­simas etapas de su desarrollo. Como hemos visto, las modificaciones del entorno pueden ser determinantes de los caracteres especí­ficos que le caracterizan como humano.

 

(Texto de la comunicación presentada por la autora en representación de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación Asturiana en el I Encuentro de Reales Academias Hispanoamericanas)

 

Notas:

1. El subrayado es del autor del artí­culo.

2. FERRATER MORA, J. Diccionario de Filosofí­a. Ed.Atlanta,

México, D.F. 1944, p. 351.

3. El concepto natural tiene distintos significados, como contrario a artificial … Aquí­ se utiliza en el sentido próximo al logos de los griegos, como lo propio de cada cosa, lo que racionalmente le corresponde, lo que está en armoní­a con su sustancia.

4. The Ego and the Id. Hogarth Press London, 1955, p. 30-31 Greaves Multiple Personality… Journal of Nervous and Mental Disease 1977, p.577-96.

5. ZUBIRI, X. Sobre el hombre. Ed.Alianza Editorial, S.A. Madrid, 1986, p. 239.

6. ECCLES, J.C. La evolución del cerebro: creación de la conciencia. Ed. Labor, Barcelona, 1992. p. 210 y ss.

7. RODRIGUEZ DELGADO, J.M. Neurobiologí­a y futuro del hombre. Discurso pronunciado en su toma de posesión en la Real Academia de Doctores. Madrid, 1986, p. 14.

8. BUSTOS DE MONFERINI, CARMEN. Aspectos psicológicos del niño con asma. Médico Interamericano, 1994, Vol 6, p. 331

9. RALLO , J. Biotecnologí­a y futuro del hombre: la respuesta bioética. Ed. Eudema. Madrid. 1992, p. 59.

10. GUERIN, GUIDO. Rapport preliminaire sur l’eisegnement de la bioethique dans le monde. Segunda sesión del CIB, UNESCO, Parí­s, septiembre 1994.

11. “El catedrático de Antropologí­a de la Universidad de Florencia, Bruneto Chiarelli, ha denunciado que no sólo es posible realizar un cruce entre un hombre y una hembra chimpancé sino que ya se ha experimentado en Estados Unidos, aunque los cientí­ficos norteamericanos interrumpieron el embarazo antes de que llegara a su fin… Según Chiarelli … los cromosomas del chimpancé son muy parecidos a los del hombre. De hecho, el chimpancé tiene sólo dos más, es decir 48, en vez de 46, y según el cientí­fico italiano ya han dado resultado los cruces entre primates muy alejados entre sí­ en la escala biológica, concretamente entre uno de 44 cromosomas y otro de 50 cromosomas” ARIAS, J.: “Un antropólogo italiano denuncia la creación de hí­bridos entre el mono y el hombre”, en El Paí­s, 14 mayo 1987, (p. 31). También ABC, 3 enero 1989. P. 44 y El Paí­s, 20 mayo 1987,p.4-5.

12. MAYOR ZARAGOZA, F. Genetic manipulation and human rights, seminario de la Unesco de Derechos Humanos y avances recientes en ciencia y tecnologí­a, Barcelona, 25-28 marzo 1985, p. 13. La estrecha relación de la madre y el feto en la etapa prenatal consiste en un intenso intercambio de estí­mulos y respuestas porque, según este autor, “la madre durante el embarazo traduce el mensaje genético al lenguaje de las proteí­nas”.

13. El Doctor australiano ALAN TROUNSON, Director de unos de los centros de fecundación “in vitro” más avanzados, comentó que con un trasplante de tejido uterino se resolverí­a la cuestión. Citado por SANCHEZ OCAí‘A, Los hijos del frí­o, Ed.Temas de Hoy, Madrid, 1991, p.111.

14. TESTART, El embrión transparente. Gránica, Barcelona, 1988, p.107. Este autor afirma más adelante que en Australia, una mujer privada de ovarios funcionales pudo llevar en su útero al niño proveniente, por medio de la fecundación “in vitro”, del óvulo de otra mujer.

15. BOTELLA LLUSIA, J.: La Revolución Genética., en ABC, de 29 de agosto de 1984.

16. Muchas enfermedades del corazón, cáncer, tienen componentes genéticos. Un mejor conocimiento del genoma puede acelerar el desarrollo de la terapia génica. (JAROTT; L. The Gene Hunt, en “Time International”, March 20, 1989, p. 58). “El retinoblastoma es un tumor maligno de herencia dominante. El 40% de los hijos de un padre o madre afectado, desarrollarán la enfermedad muriendo en los primeros años de vida si no se trata adecuadamente. Se ha localizado el gen responsable. En un futuro muy próximo se evitará la enfermedad manipulando ese gen” (HOWARD, J. U. y otros. Differential Diagnosis of retinoblastoma. A statistical survey of 500 children. I relative frecuency of the lesion which simulate retinoblastoma. Am J. Ophtalmol vol. 60. Estados Unidos, 1965, p. 160 y ss).

17. GRISOLIA, S. Hoy ignoramos todo lo que está escrito en nuestros genes, en “Epoca” nº 169, 88-6-6, p. 37 y ss. También MARTINEZ VAL, J.M. Recesión al Documento Vaticano, en “Revista General de Legislación y Jurisprudencia”, marzo 1987, p. 493 y ss.

18. Citado por MARTINEZ ALBIACH, A. en Reflexiones cristianas sobre eugenesia, en “Tapia” nº 22, mayo-junio, 1985, p. 9 y ss.

19. RUIZ VADILLO, E. Investigación genética y derecho penal. Comunicación presentada por la U.I.B.A. Congreso de Guatemala. Revista General del Derecho, año XLIV, n2 528, Valencia, Septiembre, 1988, p. 5791.

20. MARTIN MATEO, R. Bioética y Derecho. Ed. Ariel, Barcelona, 1987, p. 173.

 

(Publicado en CB 24, 4º 95, PP. 407-414)

 

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