Génesis y uso del término “pre-embrión” en la literatura cientí­fica actual (M. Ferrer y L.M.Pastor)

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keywords: preembrión, pre-embryo, warnock M. Ferrer Colomer y L. M. Pastor Garcí­a. Departamento de Biologí­a Celular. (Master de Bioética) Facultad de Medicina. Universidad de Murcia. Centro de Investigación y Formación en Bioética de Murcia.   Resumen Durante estos últimos años el debate sobre el carácter humano del embrión ha continuado. Uno de los hechos que …
 
keywords: preembrión, pre-embryo, warnock
 

M. Ferrer Colomer y L. M. Pastor Garcí­a.

Departamento de Biologí­a Celular. (Master de Bioética) Facultad de Medicina. Universidad de Murcia. Centro de Investigación y Formación en Bioética de Murcia.

 

 

Resumen

 

Durante estos últimos años el debate sobre el carácter humano del embrión ha continuado. Uno de los hechos que pueden percibirse en este debate, contrariamente a lo que sucedió en los primeros años, es el olvido sistemático de la palabra “pre-embrión” para referirse al embrión preimplantatorio. En este trabajo, tras analizar el nacimiento de esta palabra y los intentos de dotarla de una conceptualización adecuada, describimos y constatamos mediante un sencillo estudio bibliométrico el poco éxito que ha tenido esta palabra así­ como el estancamiento de esta desde su aparición. En conclusión, no sólo se puede certificar la carencia conceptual de éste término, es decir, su no correspondencia con realidad alguna, sino también certificar a nivel fenomenológico el escaso uso de ella, con lo que también se avala el carácter artificial del término.

 

 

1. Introducción

 

 

En torno a la pregunta – ¿qué o quién es el embrión? – se libra hoy una de las batallas más enconadas de la Bioética. El prof. Herranz describe muy bien la situación. Es larga la cita pero ilustrativa: “Estos seres humanos minúsculos, de los que prácticamente no se hablaba hasta hace unos años, han adquirido un valor simbólico. Han pasado de estar en un limbo inaccesible a ocupar un lugar central en la discusión ética. Podemos pensar que en buena medida el destino de la humanidad vendrá fuertemente determinado por la respuesta que obtengamos a la pregunta de si el embrión humano es una cosa, un hombre o una entidad intermedia todaví­a por definir. La noción que termine imponiéndose muy probablemente fijará el tono ético de la sociedad del futuro. Determinará, a fin de cuentas, cómo serán las relaciones interhumanas.

Si se hiciera hoy una encuesta entre expertos en Embriologí­a clí­nica sobre qué cosa es o quién es, y cuáles son las exigencias éticas que el embrión reclama de nosotros, quizá una mayorí­a de expertos contestarí­a con el consabido: “No sabe, no contesta”. Para muchos no está claro qué es o quién es, un embrión.

Esta ignorancia es un fenómeno reciente. Porque hasta el advenimiento de la FIVET, cualquier libro de Embriologí­a humana empezaba más o menos de este modo: “El desarrollo de un individuo humano comienza con la fecundación, fenómeno en virtud del cual dos células muy especializadas, el espermatozoo del varón y el oocito de la mujer, se unen y dan origen a un nuevo organismo, el cigoto. Pero hoy, tras la introducción de la fecundación “in vitro”, ya no parece que sea así­. Parece como si la observación visual directa del fenómeno, siempre sorprendente de la fecundación, produjera efectos opuestos entre los cientí­ficos. A unos les provoca una duradera sonrisa de asombro el observar la misteriosa sencillez con que un nuevo hombre es engendrado. A otros les causa una especie de incrédulo desengaño, como si no aceptaran para el hombre una génesis tan humilde”.

La razón nos parece que no es biológica, sino de intereses. Sólo privando de carácter humano al embrión, se puede no dar importancia ética a la gran pérdida de embriones que necesariamente lleva consigo la fecundación “in vitro”. A los que usan esta técnica les beneficia afirmar que el cigoto es algo irrelevante, un producto molecular carente de forma y valor humanos. Insisten en que la fecundación es un momento relativamente banal, sin la significación y trascendencia que otros le atribuyen.

 

 

2. Nacimiento y justificación del término “pre-embrión”

 

 

2. 1. Influencia del “Informe del Comité WARNOCK”.

 

En la génesis de la banalización de la fecundación y sobre el carácter humano del embrión ha influido el denominado Informe Warnock de 1984, emitido por el Comité de Investigación sobre Fertilización y Embriologí­a Humanas. Establecido por el Gobierno Británico, ha sido el precursor de la regulación legislativa sobre la investigación embrionaria. El lí­mite de 14 dí­as en la investigación embrionaria recomendada por el Comité se ha adoptado no sólo en Gran Bretaña sino en otros muchos paí­ses. Sin embargo, el Comité declaró abiertamente que este lí­mite de tiempo fue un compromiso totalmente arbitrario adoptado “con objeto de mitigar la ansiedad pública” y conceder a los cientí­ficos todo el tiempo posible para la investigación embrionaria.

Aún así­ el Comité admite que la vida embrionaria empieza con la fertilización: “Una vez que la fertilización ocurre, el proceso de desarrollo subsecuente continúa de uno a otro en un orden sistemático dirigiéndose hacia una división, a la mórula, al blastocisto, al desarrollo del disco embrionario, y así­ a caracterí­sticas identificables dentro del disco embrionario tales como la lí­nea primitiva, pliegue neural y tubo neural”.

También reconoce que la vida del embrión es completamente distinta de la vida de los gametos, y que, una vez fecundado el óvulo, “cuando ha empezado el proceso de desarrollo, ningún estadio particular del proceso de desarrollo es más importante que otro; todos forman parte de un proceso continuo, y a menos que cada etapa se lleve a cabo normalmente, en el momento adecuado, en la secuencia adecuada, el desarrollo posterior cesará”. “De modo que, biológicamente, no existe en el desarrollo del embrión ninguna fase particular antes de la cual el embrión “in vitro” podrí­a dejar de ser mantenido en vida” (parágrafo 11, nº 18).

El Comité, si bien declinaba dar una respuesta explí­cita a la fundamental cuestión de cuándo llega a ser una persona el embrión, parece claro que sostiene que la vida humana no empieza cuando se inicia la vida embrionaria. En definitiva se limitó, deliberadamente, a dar normas administrativas, rehuyendo entrar en discusiones metafí­sicas. El enfrentamiento en el seno del Comité entre los que consideraban al embrión humano como un ser al que hay que respetar plenamente en su humanidad y los que tení­an una idea evolutiva de la adquisición progresiva de derechos y de respeto, a partir de un punto de partida prehumano, llevó al Comité al borde de la ruptura.

 

Para apaciguar la situación, Mary Warnock ofreció la solución de fijar en 14 dí­as postfecundación el plazo en el que podrí­a autorizarse la investigación que comprende la destrucción de embriones, cosa que, asombrosamente, fue aceptada por unos y otros. Pero en el intento de justificación, el informe aporta dos tipos de argumentos, uno utilitarista por el que hay que aceptar el carácter prehumano del embrión hasta los 14 dí­as pues “debemos tener en cuenta el hecho de que los progresos en el tratamiento de la esterilidad (…) no habrí­an sido posibles sin la investigación” (parágrafo 11, nº 18 del Informe), y otro de justificación cientí­fica para la elección del lí­mite de 14 dí­as para la investigación embrionaria, según el cual la aparición de la lí­nea primitiva es señal “del inicio del desarrollo individual del embrión”. Esta última afirmación parece estar bajo la influencia de la embrióloga del Comité, la Dra. McLaren, que junto a un grupo de otros cientí­ficos y filósofos sostiene que la vida humana individual sólo empieza cerca del momento en que observamos la formación de la lí­nea primitiva y que, por lo tanto, el producto inicial de la concepción no es el mismo ser individual que el subsiguiente feto o niño.

 

 

2. 2. Posterior evolución.

 

Más tarde, se impulsó una palabra que encajara y diera expresión verbal a esa nueva realidad que se da entre el producto inicial de la concepción y el embrión de más de dos semanas. Así­ fue creada la palabra “pre-embrión”. El aceptar la realidad preembrionaria sólo en base a una convención de un comité llevó a los embriólogos a intentar producir numerosos argumentos, aparentemente irrefutables, para dar alguna validez biológica a ese plazo administrativo, negando de paso la condición de embrión al de menos de 2 semanas, fecha en que termina el periodo de carencia de derechos humanos y relevancia ética.

Et término “pre-embrión” se utilizó en 1986, casi simultáneamente, en tres diferentes publicaciones:

a) La nota explicativa de la Dra. Penelope Leach adjunta al Primer Informe de la Autoridad de Patentes Voluntaria para la Fertilización in vitro y Embriologí­a Humanas.

b) Un documento, ampliamente influido por el pensamiento del Profesor Clifford Grobstein, titulado Consideración í‰tica de la nueva Tecnologí­a de la Reproducción por el Comité de í‰tica de la Sociedad Americana de Fertilidad.

c) El documento del Dra. Anne McLaren, Preludio a la Embriogénesis, desarrollado el año anterior al Simposio de la Fundación CIBA sobre la Investigación en embriones.

En estas publicaciones se fueron desarrollando diversos argumentos con el punto de vista de que el recién concebido no es un organismo individual y que existe una discontinuidad en el desarrollo de una entidad unicelular como es el cigoto y un organismo multicelular de cerca de 14 dí­as después de la fertilización.

En este artí­culo no descenderemos a detallar cuáles son los argumentos concretos de estos y otros autores en relación con lo que consideran que todaví­a no es un embrión, ni las razones que dan otros autores en sentido contrario. Sólo daremos algunos datos de la escasa aparición del término en las legislaciones de los últimos años y pasaremos a centrarnos en lo que es el objeto fundamental de este artí­culo: la utilización de esta palabra en la literatura biomédica.

 

 

3. Uso del término en el ámbito jurí­dico

 

 

Veamos, en primer lugar, algunos ejemplos en el ámbito biojurí­dico. Uno de los primeros textos legales sobre el embrión es la “Recomendación 1046“, aprobada el 24 de septiembre de 1986 por la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, tras varias moratorias y encendidos debates, en este documento sobre manipulaciones genéticas se contiene una especie de código que trata de poner lí­mites a las experimentaciones sobre embriones humanos. Ahí­ se afirma el siguiente principio: “El embrión y el feto humanos deben beneficiarse en cualquier circunstancia del respeto debido a su dignidad humana“. El tí­tulo completo de la declaración es: “Recomendación 1046 sobre la utilización de embriones y fetos humanos con fines diagnósticos, terapéuticos, cientí­ficos, industriales y comerciales“. Aquí­ se recogen gran parte de las directrices sugeridas en el documento provisional de 1983 constatando que “el estatuto jurí­dico del embrión no está determinado todaví­a por la ley“, y que “es urgente determinar el grado de su protección jurí­dica“. El documento pretende dar la apariencia de una intervención “ética” que media entre dos posturas extremas: los que mantienen la más amplia libertad de manipulaciones para los cientí­ficos y los que defienden que las experimentaciones cientí­ficas deben subordinarse a la ética. La más grave de las ambigí¼edades de este documento la presentan incluso como un lí­mite de valor ético en favor de la dignidad del hombre: después de haber prohibido las manipulaciones enumeradas anteriormente, la declaración establece que igualmente se ha de impedir “la conservación de los embriones fecundados in vitro – y que no vayan a ser implantados – a partir del dí­a 14 después de la fecundación (excluyendo el tiempo de la eventual congelación)“. El documento contiene una patente contradicción sobre el estatuto antropológico del embrión. En efecto, si leen con atención los puntos 5-6, se reconoce que desde el momento de la fertilización “la vida humana se desarrolla con un proyecto continuo, y que no es posible efectuar una neta distinción durante las primeras fases (embrionales)“. El Prof. Herranz comentó: “no se puede continuar con esta ambigí¼edad de no definir el estatuto ético y jurí­dico del embrión, pues no definiéndolo y, consiguientemente, permitiendo todo, se declara implí­citamente que esa “cosa” no es nada, no tiene ningún derecho”. Como se ve, en esta Recomendación no se utiliza el término “pre-embrión”.

En la “Recomendación 1100”, de 1989, “sobre el uso de embriones humanos y fetos en la investigación cientí­fica” se buscaba mantener el equilibrio entre la libertad de investigación y el respeto a la dignidad inherente a toda vida. En esa recomendación se intenta una definición de lo que deba considerarse como embrión a los efectos de acordar un determinado tipo de protección y no se considera necesario el término “pre-embrión”.

 

En diversos paí­ses europeos se han tomado decisiones legislativas relacionadas con la “protección” del embrión, a fin de evitar manipulaciones indeseables. En casi todos los casos existen informes precedentes en los que se señalan recomendaciones sobre lo que deberí­a prohibirse. De esta época eran el Informe Benda en Alemania (1986), el Informe Palacios en España (1986) y en Francia existí­an 4 informes. En Gran Bretaña, la Human Fertilisation and Embryology Act, de 1990 es el producto del Informe Warnock, seguido del Informe del Departamento de Salud y Seguridad Social.

En España es conocido que se promulgaron dos leyes distintas que regulan aspectos relacionados con los temas del genoma y la fecundación asistida. Se trata de las leyes 35/1988, de 22 de noviembre, sobre técnicas de reproducción asistida y la ley 42/1988, de 28 de diciembre, que regula la donación y utilización de embriones y fetos humanos o de sus células, tejidos u órganos. Estas leyes son el producto del denominado Informe Palacios, en el que también se planteaban los problemas del tratamiento de los embriones, con ocasión de los temas de la fecundación asistida.

En la ley española 35/1988 no define qué deba considerarse embrión desde el punto de vista legal, pero en la exposición de motivos se aclaran los términos empleados. Allí­ si que se habla de “pre-embrión” como: “grupo de células resultantes de la división progresiva del óvulo desde que es fecundado hasta aproximadamente 14 dí­as más tarde, cuando anida establemente en el interior del útero y aparece en él la lí­nea primitiva”.

Esta terminologí­a que aparece en las leyes españolas, no ha sido recogida en otros ámbitos jurí­dicos, así­, por ejemplo, no aparece en la Human Fertilisation and Embryology Act 1990. Tampoco aparece en el “Fyfty Annual Report” de julio de 1996 de la “Human Fertilisation and Embryology Autority”, en el que, por ejemplo, en el glosario de términos usados no aparece el término “pre-embrión”, pero sí­ aparece embrión.

 

 

4. Uso del término en la literatura cientí­fica

 

 

Para esta sección hemos hecho la revisión en el Medline que posee la Universidad de Murcia que abarca una distribución por años desde 1991 a 1997 completándolo con el Medline que ofrece la “National Library of Medicine” Americana (último año, últimos 2, 5, 10 años y todo completo). Antes de iniciar las búsquedas se ha comprobado que en la literatura cientí­fica aparece en inglés el concepto de “pre-embrión” bajo dos formas “preembryo” y “pre-embryo”, tanto en singular como en plural, por lo que se ha tenido que hacer el estudio con estos cuatro términos. Siempre que usemos en castellano la palabra “pre-embrión” o en inglés “pre-embryo” nos estaremos refiriendo a los cuatro términos ingleses en conjunto.

 

 

A) Medline de la Universidad de Murcia (1991-1997)

 

 

 

1.- Aparición del término “pre-embrión” en las revistas.

 

La búsqueda se ha dirigido, en primer lugar, a determinar el número de artí­culos que utilizaron el término “pre-embrión” en el tí­tulo o en el abstract distribuido por revistas con el fin de observar cuáles son las que lo emplearon durante estos años (Tabla I). Nos interesamos también por conocer cuántas veces aparece éste término sólo en el tí­tulo de estas revistas (Tabla II).

REVISTA1991199219931994199519961997TOTAL
Acta-Obstet-
Gynecol-
Scand.
123
Am-J-
Obstet-
Gynecol.
11
Ann-Genet.
1
1
Ann-Med.11
Arch-Androl.11
Arch-Pathol-
Lab-Med.
11
Asia-
Oceania-J-
Obstet-
Gynaecol.
11
Baillieres-
Clin-Obstet-
Gynaecol.
1113
Can-Med-
Assoc-J
11
Clin-Ter.11
Curr-Opin-
Obstet-
Gynecol.
11
Fertil-Steril.573342226
Ginecol-
Obstet-Mex.
112
Hum-Cell11
Hum-
Reprod-
Update.
112
Hum-
Reprod.
5
43356329
Immunol-
Invest.
11
Immunol-
Lett.
112
Int-J-
Gynaecol-
Obstet.
1113
J-Assist-
Reprod-
Genet.
21123211
J-Clin-
Endocrinol-
Metab.
11
J-Formos-
Med-Assoc.
11

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