Expertos chilenos: “Pí­ldora del dí­a después” puede ser abortiva y es inconstitucional

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La Comisión de Bioética de la Conferencia Episcopal de Chile presentó a la prensa un completo informe que confirma lo que decenas de grupos pro-vida sostienen: la “pí­ldora del dí­a después” sí­ puede causar un aborto. Los expertos señalan que la entidad gubernamental Food and Drug Administration (FDA) de Estados … La Comisión de Bioética de la Conferencia Episcopal de Chile presentó a la prensa un completo informe que confirma lo que decenas de grupos pro-vida sostienen: la “pí­ldora del dí­a después” sí­ puede causar un aborto.

Los expertos señalan que la entidad gubernamental Food and Drug Administration (FDA) de Estados Unidos y los propios laboratorios que la producen reconocen que la pí­ldora puede bloquear la implantación en el útero de un concebido.

Según la Comisión, el fármaco “viola principios contenidos en la Constitución Polí­tica de ese paí­s” al atentar contra una vida humana.

El doctor Patricio Ventura-Juncá, miembro de la Comisión, explicó a la prensa que “la literatura cientí­fica publicada a la fecha reconoce tres posibles mecanismos de acción de la pí­ldora del dí­a después: inhibición de la ovulación, inhibición de la fertilización o impedimento de la implantación, lo que constituye un efecto abortivo”.

“A la fecha, no hay ninguna investigación que concluya que está descartado el efecto abortivo. Algunos investigadores consideran que este mecanismo puede ser muy importante, otros menos; pero nadie considera el tema dilucidado, por lo que se requiere seguir investigando”, agregó.

La Comisión señaló que hace un mes, la FDA reconoció oficialmente que el Levonorgestrel, nombre del fármaco en Chile y otros paí­ses de la región, “actúa como un contraceptivo de emergencia principalmente previniendo la ovulación o la fertilización (alterando el transporte en las trompas de Falopio de los espermios o el óvulo), y además puede impedir la implantación (alterando el endometrio)”.

Esta es la misma información que entregan a sus clientes los laboratorios que comercializan la pí­ldora.

Los expertos citaron el caso del laboratorio Besisn-Iscovesco, que presentar el Levonorgestrel señalando que “podrí­a bloquear la ovulación, impidiendo la fecundación, si la relación sexual tuvo lugar en las horas o dí­as anteriores a la ovulación. Pero podrí­a igualmente impedir la implantación”.

Ventura-Juncá explicó que el hecho de que se promueva la pí­ldora aduciendo su “efectividad” después de la ovulación “es una prueba empí­rica importante para postular el efecto antiimplantatorio de este producto”.

Por su parte, la abogada Carmen Domí­nguez, también integrante de la Comisión de Bioética, explicó que existen todos los antecedentes para considerar al Levonorgestrel como inconstitucional por atentar contra el derecho a la vida.

El Padre Fernando Chomalí­, miembro del grupo, hizo un llamado a que la población reciba cuando adquiera la pí­ldora, un informe sobre su consecuencia abortiva

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